C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20240520-18)
Programa inversión regional –  Orden de 29 de abril de 2024, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la se establece el régimen de las actuaciones previas para la inclusión de las actuaciones supramunicipales y de los planes o líneas de inversión en el Programa de Inversión Regional 2022-2026
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 119

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 20 DE MAYO DE 2024

Pág. 99

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
18

ORDEN de 29 de abril de 2024, de la Consejería de Presidencia, Justicia y
Administración Local, por la se establece el régimen de las actuaciones previas
para la inclusión de las actuaciones supramunicipales y de los planes o líneas de
inversión en el Programa de Inversión Regional 2022-2026.

BOCM-20240520-18

El Programa de Inversión Regional de la Comunidad de Madrid es el instrumento básico de cooperación económica a los gastos necesarios para la realización de obras y servicios de competencia local a los que se refiere la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases del Régimen Local, y normativa concordante, y para la consecución de los principios de solidaridad y equilibrio intermunicipal.
La Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid,
establece en su artículos 128 que el Programa de Inversión Regional es el instrumento básico de cooperación económica a los gastos necesarios para la realización de obras y servicios de competencia local y para garantizar los principios de solidaridad y equilibrio intermunicipal en el marco de la política social y económica, colaborando en la prestación
integral y adecuada en la totalidad de su territorio de los servicios de competencia municipal, especialmente los servicios mínimos y obligatorios, y coordinando la prestación de
servicios municipales entre sí.
El Decreto 118/2020, de 23 de diciembre, de Consejo de Gobierno, aprobó el vigente
Programa de Inversión Regional para el período 2022-2026, con una dotación de
1.000.000.000 de euros.
El artículo 11 del Decreto 118/2020, de 23 de diciembre, que regula Programa de Inversión Regional, contempla la posibilidad de acordar la financiación con cargo a la reserva de actuaciones de carácter supramunicipal. El artículo 20 del Decreto 118/2020, de 23
de diciembre, establece que podrán incluirse en el Programa actuaciones supramunicipales,
que serán financiadas en su totalidad por la Comunidad de Madrid y se gestionarán por la
misma.
El referido artículo 11 del Decreto 118/2020, de 23 de diciembre, establece la posibilidad de aprobar la financiación con cargo al fondo de reserva de planes o líneas de inversión en infraestructuras y equipamientos que tengan especial relevancia en los municipios
previa evaluación de las necesidades de dotaciones e informe de viabilidad del mantenimiento posterior emitido por el órgano competente.
La Orden regula las actuaciones previas para la inclusión en el Programa de Inversión
Regional de la Comunidad de Madrid para el período 2022-2026, de las actuaciones supramunicipales y de los planes o líneas de inversión previstas en el Decreto 118/2020, de 23
de diciembre, definiendo los conceptos de actuación supramunicipal, plan y línea de inversión, así como estableciendo los requisitos y los criterios valorativos que han de cumplir las
iniciativas a fin de que el órgano competente resuelva iniciar el correspondiente expediente para su inclusión en el Programa.
La Disposición Final Primera del Decreto 118/2020, de 23 de diciembre, habilita a la
Consejería con competencias en gestión del Programa de Inversión Regional para dictar
disposiciones en desarrollo de las previstas en el citado Decreto.
En su virtud, y de conformidad con el Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local