B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240517-13)
Regulación personal docente –  Resolución de 10 de mayo de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la formación, ordenación y prórroga de las listas de aspirantes a desempeñar puestos en régimen de interinidad en los Cuerpos Docentes no Universitarios (Maestros, Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas y Catedráticos, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño) en los centros públicos de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 117

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 17 DE MAYO DE 2024

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La cobertura de estos puestos tiene carácter preferente y prioritario y, por tanto, su
aceptación será obligatoria para aquellos aspirantes que hayan obtenido la habilitación y/ o
la acreditación.
7.2. Puestos en especialidades de difícil cobertura del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria:
Para aquellos participantes que forman parte de las listas de aspirantes a desempeñar
puestos docentes en régimen de interinidad, en varias especialidades del cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, les será asignado prioritariamente aquella en las que existan necesidades de difícil cobertura. Son especialidades de difícil cobertura las siguientes:












Latín.
Griego.
Informática.
Organización y Procesos de Mantenimiento de Vehículos.
Organización y Proyectos de Fabricación Mecánica.
Organización y Proyectos de Sistemas Energéticos.
Sistemas Electrónicos.
Sistemas Electrotécnicos y Automáticos.
Instalaciones electrotécnicas.
Sistemas y Aplicaciones Informáticas.
Equipos electrónicos.

Octava
Asignación de destinos al profesorado interino
Los integrantes de las listas a desempeñar puestos en régimen de interinidad podrán
ser designados a un centro educativo para cubrir una plaza de inicio de curso o plaza cubrir
una plaza de sustitución que se produzca en cualquier momento del curso escolar.
En las asignaciones informáticas de inicio de curso las plazas ofertadas están constituidas por las necesidades de personal docente que presentan los centros educativos para
poder dar comienzo el curso escolar, son puestos vacantes que generalmente tienen una duración hasta el final del curso escolar.
En cuanto a las asignaciones de destino a lo largo del curso escolar, están constituidas
por norma general por las necesidades de sustitución de personal docente en los centros
educativos.
8.1.

Asignaciones informáticas de destinos para el curso 2024-2025. Inicio de curso:

Las asignaciones informáticas de destinos de inicio de curso se regularán por lo dispuesto en esta resolución y en las instrucciones que se publicarán al efecto a lo largo del
mes de mayo.
8.1.1.

Quiénes deben solicitar destino de centro docente:

a) Los integrantes de todas las listas de aspirantes a interinidad de especialidades no
convocadas a procedimiento selectivo, siempre y cuando no hayan causado baja
definitiva de las mismas.
b) Los integrantes de las listas ordinarias de aspirantes a interinidad de especialidades convocadas a procedimiento selectivo, así como los integrantes de las listas
extraordinarias permanentemente abiertas que se rigen por las bases reguladoras
establecidas en la Resolución de 19 de octubre de 2023.
c) Todos los admitidos en los procedimientos selectivos.
8.1.2. Forma y plazo de presentación de solicitudes. Actuación mediante representante:
La solicitud deberá presentarse conforme a lo que se disponga en la Resolución de la
Dirección General de Recursos Humanos que se dicte al objeto de establecer las instrucciones para la asignación informática de puestos docentes para el curso 2024-2025 en los centros públicos de la Comunidad de Madrid.

BOCM-20240517-13

Deberán solicitar participar en las asignaciones informáticas de destinos para el
curso 2024-2025: