B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240517-13)
Regulación personal docente –  Resolución de 10 de mayo de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la formación, ordenación y prórroga de las listas de aspirantes a desempeñar puestos en régimen de interinidad en los Cuerpos Docentes no Universitarios (Maestros, Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas y Catedráticos, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño) en los centros públicos de la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 17 DE MAYO DE 2024

b)

c)

d)

e)

B.O.C.M. Núm. 117

de abril de la Dirección General de Recursos Humanos, para mantenerse en las listas ordinarias de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad para el curso 2024-2025, para aquellos integrantes de las vigentes listas ordinarias de interinidad que no participen en los procedimientos selectivos para
ingreso y accesos a los cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional convocados
por Resolución de 20 de abril de 2023.
Presentarse, en la especialidad a la que se refiere la lista, al procedimiento selectivo de estabilización por el sistema de concurso oposición para ingreso en el Cuerpo de Maestros, convocado por Resolución de 19 de diciembre de 2022, y haber
marcado la casilla 5C en el impreso de la solicitud de participación en dicho procedimiento selectivo.
Presentarse, en la especialidad a la que se refiere la lista, al procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros y procedimiento para la adquisición de
nuevas especialidades en el citado Cuerpo, convocado por Resolución de 1 de febrero de 2024, y haber marcado la casilla 5C en el impreso de la solicitud de participación en dicho procedimiento selectivo.
Presentarse, en la especialidad a la que se refiere la lista, al procedimiento selectivo para ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Especialistas en Sectores Singulares en especialidades con atribución docente en formación profesional (FP), Convocado por la Resolución de 20 de abril
de 2023, y haber marcado la casilla 5C en el impreso de la solicitud de participación en dicho procedimiento selectivo. Se entenderá por “presentarse al procedimiento selectivo de ingreso”, acudir al llamamiento y entregar el primer ejercicio de la primera prueba de acuerdo con las instrucciones que determine la
dirección general competente en materia de Recursos Humanos en centros docentes públicos de la Comunidad de Madrid.
No haber sido excluido por resolución firme de esta Dirección General de Recursos Humanos de las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad, por falta de capacidad para el desempeño de tareas docentes,
en el curso 2023-2024.

En los apartados b), c) y d) se entenderá por “presentarse al procedimiento selectivo
de ingreso”, acudir al llamamiento y entregar el primer ejercicio de la primera prueba de
acuerdo con las instrucciones que determine la dirección general competente en materia de
Recursos Humanos en centros docentes públicos de la Comunidad de Madrid.
Una vez finalizados los procedimientos selectivos, se procederá, para cada una de las
especialidades convocadas, a formar las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes
en régimen de interinidad para el curso 2024-2025, quedando derogadas las listas de interinos existentes hasta dicho momento para cada una de las especialidades, a excepción de
las listas extraordinarias permanentemente abiertas, que se rigen por las bases reguladoras
establecidas en la Resolución de 19 de octubre de 2023.
3.2. Ordenación y baremación de las listas de especialidades convocadas a procedimiento selectivo. Criterios de desempate.
3.2.1.

Ordenación y baremación de las listas:

a) Baremación de los aspirantes que se presentan al procedimiento selectivo de la especialidad de la lista.
Para la baremación de los apartados 1.2, 1.3 y 1.4, se considerarán los méritos
acreditados en el procedimiento selectivo al que se hayan presentado (Convocatoria de 19 de diciembre de 2022; Convocatoria de 1 de febrero de 2024, convocatoria de 20 de abril de 2023). A efectos de creación de listas de interinos, a aquel
aspirante que se presente a los dos procesos selectivos una misma especialidad, se
le aplicará el baremo que resulte más beneficioso para el candidato (convocatoria
en la que en la suma de los apartados 1.2, 1.3, 1.4 y 2.1.1 se obtenga una mayor
puntuación).

BOCM-20240517-13

Para cada especialidad, los aspirantes se ordenarán en una lista única en función de la
puntuación global obtenida, que será el resultado de sumar las puntuaciones de cada uno de
los apartados de que consta el baremo, según figuran en el Anexo II de esta Resolución.
La baremación se realizará teniendo en consideración los siguientes méritos: