Alcobendas (BOCM-20240516-64)
Urbanismo. Plan especial
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 116

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 16 DE MAYO DE 2024

Pág. 237

— Clase A-3: Docente (dedicado a enseñanza superior o universitaria).
d Situación 1.a. En edificio exclusivo. Sin limitación de superficie.
— Clase A-5: Sanitario. (sin hospitalización).
d Situación 1.a. En edificio exclusivo. Sin limitación de superficie.
— Clase A-6: Asistencial.
d Situación 1.a. En edificio exclusivo. Sin limitación de superficie.
Condiciones de Volumen
— Edificabilidad. Para cada Unidad de Edificación, el índice de edificabilidad, y la
superficie máxima edificada serán las que se señalan en las adjuntas Tablas de Características. La altura máxima será de cinco plantas, o veinte metros en la Unidades al Norte de la Variante (denominación TN), y de cuatro plantas, o dieciséis
metros, en las Unidades al Sur de la Variante (denominación TS).
— Áreas de Movimiento. Sobre rasante son las señaladas en el plano 2.6. “Áreas de
Movimiento”. Las alineaciones tienen carácter de máximas, con lo que la edificación podrá situarse libremente, sin más limitación que la ocupación máxima del
50 %. Las edificaciones se situarán de forma que una parte predominante de sus
fachadas sea paralela u ortogonal a los ejes de las vías rodeadas a las que den frente. En las parcelas con frente a la autovía A-1, la edificación bajo rasante (subsuelo) deberá separarse del lindero de la parcela frente a la autovía, 3 metros y, en
cualquier caso, respetarán la zona de limitación a la edificabilidad establecida por
la Ley de carreteras que se encuentre en vigor (señalada en el plano 2.7 unidades
de edificación usos y edificabilidades). No se autoriza la iluminación cenital de estos sótanos.
Los espacios libres que resulten dentro del perímetro de la Unidad de Edificación
deberán recibir tratamiento paisajístico, podrán ocuparse con porches o cubiertas
ligeras acristaladas, en no más de un 50 % de su superficie.
— Accesos. No se permite el contacto directo de las plazas de aparcamiento en superficie con la red viaria pública, sino que esta dotación deberá resolverse a través de
los accesos o fondos de saco previstos en el Plan Parcial.
Condiciones de Desarrollo
Cada unidad de Edificación será objeto de un Proyecto de Edificación, al menos en
grado de Proyecto Básico. Este Proyecto abarcará no solo las edificaciones previstas en la
manzana, sino también todos los accesos, aparcamientos y servicios que ocupasen los espacios libres de la Unidad.
Si se desarrollase el Proyecto Básico de la Unidad en varias fases de Proyectos de ejecución, estos abarcarán al menos una fachada completa de la manzana. Y en este caso, la
ejecución de los accesos, aparcamientos y servicios interiores deberá incluirse, en su totalidad, en la primera fase o Proyecto de ejecución.
Los Proyectos en cuestión podrían determinar, bajo convenio con la Compañías Suministradoras, la necesidad de implantación de centros de transformación u otros elementos
infraestructurales no previstos en este Plan Parcial.
Será preceptiva la inclusión en los Proyectos de un estudio específico de paisajismo
referido a los espacios interiores de la Unidad, con especial atención al tratamiento de los
accesos y aparcamientos en superficie.

La dotación reglamentaria se fija en 1 plaza/35 m2 edificables. Se resolverá bajo rasante en el interior de la manzana, al menos en un 80 % de la dotación total, disponiendo el 20 %
restante para visitantes, que podrá situarse en superficie. Para el cómputo de la dotación total podrán incluirse las plazas asociadas a la red viaria.
No obstante, en caso de renovación total (demolición y nueva edificación), de las edificaciones existentes, la nueva edificación deberá cumplir en el interior de la parcela la dotación de aparcamiento establecida en 1plaza/35 m2

BOCM-20240516-64

Dotación de plazas de aparcamiento al servicio del edificio