Alcobendas (BOCM-20240516-64)
Urbanismo. Plan especial
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 116

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 16 DE MAYO DE 2024

Pág. 217

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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ALCOBENDAS
URBANISMO

«La Junta de Gobierno Local de esta Corporación, en su sesión ordinaria de 7 de noviembre de 2023, resolvió aprobar inicialmente el “Plan Especial de regulación del uso
servicios empresariales en los ámbitos de uso característico terciario oficinas” de iniciativa
municipal, redactado por los servicios técnicos del Departamento de Urbanismo de esta
Corporación, con objeto de revisar las condiciones de compatibilidad de los usos terciario
e industrial en su clase “Servicios Empresariales”, para dar respuesta a las demandas emergentes de las actividades económicas relacionadas con las nuevas tecnologías, y a las nuevas necesidades de localización espacial de tal forma que las nuevas condiciones respondan al objetivo de posibilitar la implantación del uso de “Servicios Empresariales” en
ámbitos y parcelas de uso Terciario, propiciando la diversidad tipológica necesaria. El objetivo es el de captar y retener actividades tecnológicas avanzadas para lo cual hay que facilitar nuevas implantaciones con un cambio controlado de la actual normativa urbanística.
Aprueba igualmente someter el expediente a información pública por plazo de un mes, mediante anuncios a insertar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en un
diario de los de mayor circulación de la provincia y efectuar la publicación por medios telemáticos a los que se refiere el artículo 70 ter de la Ley de Bases de Régimen Local.
Sometido el expediente a información pública por plazo de un mes mediante anuncio
insertado en el diario La Razón de 11 de diciembre de 2023 y en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID de 13 de diciembre de 2023, no se ha formulado alegación alguna. Simultáneamente, el expediente fue remitido a los organismos y entidades que, por
razón de los intereses por ellos gestionados, debían emitir informe durante el mismo periodo de información pública.
Respecto a estos informes sectoriales, cabe recordar que el artículo 57 de la
Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, prevé la necesidad de requerir los informes de los órganos y entidades públicas previstos legalmente como preceptivos o que,
por razón de la posible afección de los intereses públicos por ellos gestionados, deban considerarse necesarios. La normativa sectorial desarrolla la necesidad y naturaleza de los
mencionados Informes, así como, en su caso, su carácter vinculante para la Administración
competente en materia de ordenación del territorio y urbanismo.
Los Informes sectoriales emitidos, concretados en informes de la Dirección General de
Aviación Civil, de la S.G. de Operadores de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales del Ministerio de Transformación Digital, de la Dirección General de Bienestar Social
del Ayuntamiento de Alcobendas, de la Dirección de Medio Ambiente y Mantenimiento de
la Ciudad del Ayuntamiento de Alcobendas, y de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular. Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la
Comunidad de Madrid no formulan objeción al contenido del Plan en lo que a su materia
se refiere.
Así, en el Informe Técnico de este Plan Especial no se detallan cambios en el documento para aprobación definitiva derivado de los Informes sectoriales emitidos, no existiendo variaciones en el documento ya sometido a información pública, por lo que cabe someter el mismo a los órganos competentes y, en su caso, a su aprobación definitiva.
En definitiva, vista la documentación del expediente por los Servicios Técnicos Municipales, estos concluyen que “El documento del Plan Especial de Regulación del Uso
Servicios Empresariales en los ámbitos de uso característico Terciario Oficinas, de iniciativa municipal, contiene la documentación necesaria y con la extensión y el nivel adecuado de concreción. Los informes sectoriales emitidos en ningún caso formulan objeción al
contenido del Plan, por ello, estos Servicios Técnicos entienden que el documento que se
informa cumple con las determinaciones del ordenamiento legal vigente contenidas en la

BOCM-20240516-64

El Pleno del Ayuntamiento de Alcobendas en sesión ordinaria celebrada el 25 de abril
de 2024 adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo: