Madrid (BOCM-20240513-58)
Régimen económico. Distrito de Villaverde. Extracto convocatoria subvenciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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LUNES 13 DE MAYO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 113

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
58

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Distrito de Villaverde
Extracto del Decreto de 19 de abril de 2024, de la Concejalía-Presidencia del Distrito
de Villaverde, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones de fomento del asociacionismo para el año 2024.
BDNS (Identif.): 758680
Primero. Beneficiarios
Asociaciones de base que tengan su domicilio social en el Distrito de Villaverde y estén inscritas en el Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos del Ayuntamiento de Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus
Organismos Públicos aprobada por acuerdo plenario de 30 de octubre de 2013, modificada
por la Ordenanza 3/2023, de 28 de noviembre.
Segundo. Objeto
La finalidad de esta convocatoria de subvenciones es la promoción del tejido asociativo y la participación de las entidades ciudadanas del municipio de Madrid, contribuyendo
a consolidar la democracia participativa, la continuidad y crecimiento de las entidades y a
favorecer su correcto funcionamiento durante el año 2024, así como paliar las posibles consecuencias negativas que se puedan derivar de la situación económica y social actual.
Para ello, a través de la presente convocatoria, se les proporcionarán recursos a las entidades, al objeto de que fortalezcan las relaciones entre las personas asociadas, puedan captar nuevas socias y socios, garanticen su correcto funcionamiento y desarrollen sus actividades, promoviendo así su implicación y participación en la actividad municipal y
reforzándose así la intervención comunitaria, con el objetivo de dar respuesta a los requerimientos derivados de la situación económica y social actual, fortalecer la capacidad de
adaptación y superación de la ciudadanía madrileña ante la misma y contribuir a que la población más vulnerable no pase a convertirse, a corto plazo, en población más desfavorecida, con el consiguiente riesgo de deterioro de la vida comunitaria en todas sus vertientes.
Tercero. Bases reguladoras
Ordenanza 3/2023, de 28 de noviembre, por la que se modifica la Ordenanza de Bases
Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid
y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, publicada en www.madrid.es

El importe total destinado a esta convocatoria se cifra en 185.000 euros, para las dos
modalidades, conforme a las cuantías que se establecen a continuación:
— Modalidad de Proyectos: 165.000 euros.
— Modalidad de Gastos de funcionamiento de sedes sociales u otros espacios:
20.000 euros, cuyo desglose es el siguiente:
d Gastos de funcionamiento y alquiler de sede social y otros espacios: 10.000 euros.
d Gastos de adquisición de equipamiento, mobiliario y equipos informáticos:
10.000 euros.
Asimismo, la comisión de valoración queda facultada para adoptar cuantas decisiones
considere pertinentes, a la vista de las solicitudes para la modalidad de gastos de funciona-

BOCM-20240513-58

Cuarto. Cuantía