Madrid (BOCM-20240513-54)
Régimen económico. Distrito de Carabanchel. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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LUNES 13 DE MAYO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 113

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
54

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Distrito de Carabanchel
Extracto del Decreto de 19 de abril de 2024, del concejal-presidente del Distrito de Carabanchel, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones de fomento del asociacionismo en el año 2024.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):
REF. 756973
Primero. Beneficiarios
Asociaciones de base que tengan su domicilio social en el Distrito de Carabanchel y
estén inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid y que
cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para
la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos
aprobada por acuerdo plenario de 30 de octubre de 2013, modificada por el Acuerdo del
Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2017, última actualización publicada el 13 de diciembre de 2023 (OBRGS).
Segundo. Objeto
La finalidad de esta convocatoria de subvenciones es la promoción del tejido asociativo y la participación de las entidades ciudadanas del municipio de Madrid, contribuyendo
a consolidar la democracia participativa, la continuidad y crecimiento de las entidades y a
favorecer su correcto funcionamiento durante el año 2024, así como paliar las posibles consecuencias negativas que se puedan derivar de la situación económica y social actual.
Tercero. Bases reguladoras
Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el
Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos de 30 de octubre de 2013, modificada por el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2017. Última
actualización publicada el 13 de diciembre de 2023 (OBRGS), publicada en www.madrid.es
Cuarto. Cuantía

— Modalidad de proyectos: 55.000 euros.
— Modalidad de gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios:
47.000 euros, cuyo desglose es el siguiente:
d Gastos de alquiler y funcionamiento de sede social: 40.000 euros.
d Gastos de adquisición de mobiliario y equipamiento: 7.000 euros.
La cuantía de la subvención se considerará importe cierto quedando de cuenta del beneficiario la diferencia de financiación necesaria para la total ejecución de la actividad subvencionada, debiendo ser reintegrada, en su caso, la financiación pública por el importe en
que la misma exceda del coste total de dicha actividad.

BOCM-20240513-54

El importe total destinado a esta convocatoria asciende 102.000 euros, que se distribuirán de la siguiente forma: