C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240513-25)
Actuaciones administrativas automatizadas –  Resolución de 26 de abril de 2024, de la Dirección General de Tributos de la Comunidad de Madrid, por la que se aprueban las actuaciones administrativas automatizadas de su ámbito de competencias
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 113

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 13 DE MAYO DE 2024

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les y Administrativas, en lo relativo a la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid, serán los siguientes:
1. Para la definición de las especificaciones: La Subdirección General de Gestión
Tributaria y la Subdirección General de Recaudación.
2. Para el diseño informático, programación y mantenimiento: La Agencia para la
Administración Digital de la Comunidad de Madrid.
3. Para la supervisión técnica y control de calidad: La Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid.
4. Para la auditoría del sistema de información y de su código fuente: La Agencia
para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid.
5. Órganos responsables a efectos de impugnación:
a) En relación con las competencias del apartado 1: La Dirección General de Tributos.
b) En relación con las competencias de los apartados 2, 3 y 4: La Agencia para la
Administración Digital de la Comunidad de Madrid.
Cuarto
Creación del “Sello electrónico de la Dirección General de Tributos”

BOCM-20240513-25

Se crea el sello electrónico de la Dirección General de Tributos, basado en un certificado electrónico reconocido o cualificado, que se utilizará para garantizar la autenticidad y
la integridad de un documento o expediente electrónico.
Tendrá las características siguientes:
1. La titularidad, así como la responsabilidad, tanto de su utilización como a efectos de
impugnación, corresponderá a la Dirección General de Tributos de la Comunidad de Madrid.
2. Las características técnicas generales del sistema de firma y certificado aplicable,
serán las que constan en el Esquema Nacional de Interoperabilidad y puede ser objeto de
consulta y verificación en la dirección electrónica:
https://administracionelectronica.gob.es/pae_Home/pae_Estrategias/pae_Interoperabilidad_Inicio/pae_Normas_tecnicas_de_interoperabilidad.html
Madrid, a 26 de abril de 2024.—El Director General de Tributos, Miguel Povedano Molina.
(03/6.634/24)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791