C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240513-25)
Actuaciones administrativas automatizadas –  Resolución de 26 de abril de 2024, de la Dirección General de Tributos de la Comunidad de Madrid, por la que se aprueban las actuaciones administrativas automatizadas de su ámbito de competencias
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 13 DE MAYO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 113

Tercero
Órganos competentes
Los órganos competentes en relación con las actuaciones administrativas automatizadas del apartado anterior, de acuerdo a la distribución competencial establecida en el Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, en lo relativo a la
Dirección General de Tributos y en la Ley 7/2005, de 23 de diciembre, de Medidas Fisca-

BOCM-20240513-25

Subdirección General de Gestión Tributaria y de la Subdirección General de Recaudación,
cuya autentificación se realizará mediante el sello electrónico son:
Subdirección General de Gestión Tributaria:
— Generación y emisión de liquidaciones de recargos y, en su caso, intereses de demora exigibles por la presentación de autoliquidaciones o declaraciones fuera de
plazo sin requerimiento previo.
— Generación y emisión de exigencias del importe de las reducciones practicadas en
los recargos por presentación de autoliquidaciones o declaraciones fuera de plazo
sin requerimiento previo.
— Generación y emisión de propuestas de liquidación correspondientes a la Tasa Fiscal sobre el Juego de Máquinas o Aparatos Automáticos y al Impuesto sobre Instalación de Máquinas en Establecimientos de Hostelería Autorizados.
— Generación y emisión de liquidaciones correspondientes a la Tasa Fiscal sobre el
Juego de Máquinas o Aparatos Automáticos y al Impuesto sobre Instalación de
Máquinas en Establecimientos de Hostelería Autorizados, cuando no se hayan presentado alegaciones.
— Generación y emisión de liquidación de intereses de demora en los supuestos de
prórroga en el plazo de presentación del Impuesto de Sucesiones.
Subdirección General de Recaudación:
— Emisión de certificados de inexistencia de deudas en período ejecutivo.
— Emisión de certificados de ingreso.
— Emisión de certificados de cancelación de deudas.
— Emisión de certificados de deuda pendiente.
— Emisión de providencias de apremio y su notificación.
— Emisión de diligencias de embargo de cuentas, devoluciones, valores, créditos,
sueldos, salarios, pensiones y otras cantidades percibidas por el trabajador sin naturaleza salarial, de sobrante, intereses, rentas o frutos, inmuebles, participaciones
sociales, vehículos, y su notificación.
— Emisión de diligencias de levantamientos de embargos de los tipos anteriores, y su
notificación.
— Emisión de acuerdos de ejecución de garantías, y su notificación.
— Emisión de mandamientos, prórrogas y mandamientos de cancelación de anotaciones preventivas de embargo en Registros de la Propiedad.
— Emisión de acuerdos de inicio de compensación de oficio, acuerdos de archivo y
acuerdos de resolución.
— Generación y emisión de requerimientos, calendario provisional, resoluciones de
concesión, denegación, inadmisión y archivo del procedimiento de aplazamiento/fraccionamiento en período ejecutivo.
— Emisión de notificación de la resolución por la que se cita para ser notificado mediante anuncio en el Boletín Oficial.
— Emisión de liquidaciones de intereses de demora devengados en período ejecutivo
y su notificación.
— Generación de ficheros y listados con información de la gestión realizada por la
Comunidad de Madrid en vía ejecutiva de deudas de otros entes que por convenio
gestione la Comunidad de Madrid.
— Generación de ficheros y listados de deudas en ejecutiva de la Comunidad de
Madrid para su envío a otras Administraciones tributarias con las que se haya suscrito convenio para la gestión de esas deudas.
— Emisión de listados de la gestión recaudatoria realizada por la Subdirección General de Recaudación.