Fuenlabrada (BOCM-20240510-66)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 111

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 10 DE MAYO DE 2024

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
66

FUENLABRADA
RÉGIMEN ECONÓMICO

Extracto de acuerdo de Junta de Gobierno Local, de 26 de abril de 2024 (punto 20),
por la que se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones 2024, con
cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia.
Proyecto (línea C22.I1.P01): Subproyecto S22. Concesión de ayudas de adaptación de viviendas de personas usuarias de centros de día o en lista de espera, residentes en Fuenlabrada.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index ).
Primero. Objeto.—El objeto es la concesión de subvenciones destinadas a financiar
las obras de accesibilidad y habitabilidad de las viviendas de las personas que tienen asignado el centro de Día, dentro del Plan Individualizado de Atención vinculado a la aplicación de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y
Atención a las personas en situación de dependencia, sean usuarios activos o estén en lista
de espera. La finalidad de las actuaciones es:
— Facilitar condiciones de accesibilidad y habitabilidad de las viviendas de usuarios
de centros de día de proximidad para que puedan mantenerse en sus domicilios
con apoyos proporcionados en los centros de día.
— Ofrecer equipamientos domiciliarios que favorezcan la promoción de la autonomía personal.
Segundo. Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarias las personas físicas propietarias,
arrendatarias o en usufructuarias de viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial
colectiva o vivienda unifamiliar o agrupada en fila, del término municipal de Fuenlabrada que
constituya su domicilio habitual y permanente en el momento de solicitar la ayuda y en las
que resida una persona que tenga asignado el servicio de centro de día, dentro del Plan Individualizado de Atención vinculado a la aplicación de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de
Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
En ningún caso serán beneficiarios/as de las ayudas las Administraciones Públicas y
los organismos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles, las empresas o sociedades mercantiles de ningún tipo o los beneficiarios/as de convocatorias de Ayudas Municipales para el mismo fin que el recogido en las
presentes bases, salvo que realicen actuaciones distintas a las que fueron objeto de ayuda.
Tercero. Actuaciones subvencionables.—Las viviendas objeto de las actuaciones
subvencionables deberán estar situadas en el término municipal de Fuenlabrada y no estarán ubicadas en un edificio declarado en ruina ni tendrán ninguna afección urbanística que
impida la autorización municipal para realizar obras. Las actuaciones deberán estar finalizadas entre el 16 de octubre de 2023 y el 15 de octubre de 2024.
Se consideran subvencionables la realización de reformas en el interior de la vivienda
donde resida con carácter permanente la persona usuaria de centro de día, y que tenga por
objeto la accesibilidad y habilitación de la vivienda, con el fin de facilitar las mejores condiciones para mantenerse en su domicilio, siempre y cuando se realicen en viviendas que
cumplan los requisitos citados en el artículo 6 y 7 de las presentes bases, por ejemplo:
— Reforma de cuartos de baño para convertirlos en espacios accesibles conforme a la
normativa, incluyendo la sustitución de bañeras por platos de ducha, sustitución
de inodoros y lavabos por sanitarios adaptados (incluso grifería) e instalación de
apoyos y asideros.

BOCM-20240510-66

BDNS: 758014