Madrid (BOCM-20240510-60)
Régimen económico. Distrito de Chamberí. Extracto convocatoria subvenciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 10 DE MAYO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 111

BOCM-20240510-60

Sexto. Otros datos.—Esta convocatoria de subvenciones se desarrolla en régimen de
concurrencia.
Las solicitudes de subvención se formalizarán en el modelo que figura como solicitud
de subvención en la convocatoria. Las entidades presentarán una única solicitud.
Para la modalidad de proyectos, junto a la solicitud de subvención, se acompañará una
Memoria explicativa del proyecto que habrá de cumplimentarse en el Anexo I.
Para la modalidad de Gastos de mantenimiento de Sedes Sociales u otros espacios,
junto a la solicitud de subvención se acompañará cumplimentado el modelo Anexo II,
memoria sobre pertinencia de gasto.
Tanto el modelo de solicitud de subvención como los citados Anexos se obtendrán en
la sede electrónica del Ayuntamiento http://sede.madrid.es
Límites:
En la modalidad proyectos, no se financiarán gastos de inversión. Cada entidad solicitante podrá presentar un máximo de dos proyectos a esta convocatoria. El proyecto presentado deberá ser encuadrado dentro de la línea de subvención de esta convocatoria y del
objetivo operativo previsto en la misma, esto es, favorecer el correcto funcionamiento de
las entidades y el desarrollo de sus actividades.
La presentación por una misma entidad de un número de proyectos superior al indicado
conllevará la inadmisión de aquellos que excedan del citado límite, procediéndose a admitir
y evaluar aquellos de los presentados en los que la cuantía solicitada sea de menor importe.
El importe total de cada proyecto presentado, impuestos incluidos, no podrá ser
superior a 4.000, por lo que serán desestimados aquellos proyectos cuyo presupuesto
supere dicho importe.
Además, la cuantía solicitada no podrá superar el presupuesto del proyecto, y no podrá ser superior a 2.000 euros. Las solicitudes cuya cuantía solicitada sea superior al límite
expresado serán desestimadas.
La cuantía solicitada para la modalidad de “Gastos de funcionamiento de sedes sociales u otros espacios”, relativos a gastos de funcionamiento y de alquiler, no podrá ser superior a 2.000 euros. Serán desestimadas las peticiones cuya cuantía solicitada sea superior al
límite expresado.
Madrid, a 15 de abril de 2024.—El concejal-presidente del Distrito de Chamberí,
Jaime González Taboada.
(03/6.842/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791