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Convenio –  Convenio de 8 de abril de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y Prodigioso Volcán, S. L., para la realización de prácticas externas de los alumnos de la Escuela Superior de Diseño
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 111

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 10 DE MAYO DE 2024

Pág. 203

Sexta
Régimen de los alumnos en prácticas
A) Para la realización de las prácticas externas de las enseñanzas de nivel de grado o
de master será requisito indispensable que el alumno se encuentre matriculado en
dicha asignatura en el curso académico durante el cual se vayan a llevar a cabo.
B) Durante las prácticas externas, los alumnos dispondrán de la cobertura que les garantiza el seguro escolar, de acuerdo con lo dispuesto en su normativa reguladora.
En caso de que el alumno tenga más de 28 años, deberá acreditar disponer, al menos, de cobertura a través del sistema de la Seguridad Social o bien derivada de la
suscripción de póliza con otras entidades aseguradoras, siendo en estos casos el
centro educativo el responsable de exigir la correspondiente acreditación en el
momento de formalizar la matrícula en la asignatura de prácticas.
C) Los estudiantes realizarán sus prácticas en horario de mañana o tarde, en régimen
de prácticas externas y de forma semipresencial en régimen de teletrabajo.
D) Las prácticas se desarrollarán durante el período lectivo del calendario escolar correspondiente aplicable a los centros públicos de enseñanzas superiores de la Comunidad de Madrid.
E) Las prácticas del estudiante, dado su carácter formativo, en ningún caso tendrán
carácter laboral y no podrán dar lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo. No se podrá establecer una relación laboral o de empleo
con contraprestación económica por los servicios prestados. De producirse una
contratación en régimen laboral por parte de Prodigioso Volcán, S. L., se considerará que el alumno abandona las prácticas, debiendo la misma comunicar este hecho al director del centro educativo.
F) En el supuesto en que el estudiante se incorpore a la plantilla de Prodigioso Volcán, S. L., tras la finalización de las prácticas reguladas en el presente convenio,
el tiempo de realización de las mismas no computará, salvo previsión expresa en
contra en el convenio colectivo de aplicación, a efectos de antigüedad en aquella,
ni eximirá al estudiante de la superación del período de prueba.
G) Prodigioso Volcán, S. L., podrá dar de baja del programa a los estudiantes que incurrieran en reiteradas faltas injustificadas de puntualidad o asistencia a las prácticas
o no desarrollaran las mismas con normal aprovechamiento y cumplimiento de las
normas establecidas, con previa audiencia al interesado y previa comunicación a la
Escuela Superior de Diseño especificando las causas concretas de la decisión.
La exclusión surtirá efectos desde su comunicación fehaciente al alumno afectado.

BOCM-20240510-28

Quinta
Compromisos de los alumnos en prácticas
A) Realizar las prácticas acorde con las instrucciones recibidas por el tutor de
prácticas de la Escuela Superior de Diseño y el tutor de prácticas de Prodigioso
Volcán, S. L.
B) Cuando el alumno en prácticas deba realizar su función de forma presencial, deberá ir provisto de su DNI, NIE o pasaporte y disponer durante su estancia en las instalaciones en que se desarrollen las prácticas del documento que le identifica como
alumno de la Escuela Superior de Diseño. Asimismo, ha de respetar las normas de
régimen interior, de higiene y seguridad aplicables en las instalaciones y seguir las
indicaciones a tal efecto del tutor de prácticas de Prodigioso Volcán, S. L.
C) En caso de ausencia o retraso para la realización de las prácticas tanto de forma presencial como no presencial, el alumno estará obligado a comunicarlo al tutor del
centro de prácticas en el mismo momento en que se prevea la ausencia o el retraso.
D) Dar un uso exclusivamente profesional al material y equipamiento recibido en régimen de préstamo para la realización de las prácticas de forma no presencial.
E) Comunicar al tutor de prácticas de la Escuela Superior de Diseño y el tutor de las
prácticas de Prodigioso Volcán, S. L., cualquier fallo o mal funcionamiento del
material y/o equipamiento recibido para la realización de las prácticas de forma
no presencial.
F) Una vez finalizadas las prácticas, devolver en perfecto estado el material recibido
para la realización de las prácticas de forma no presencial.
G) Para la realización de las prácticas de forma no presencial, el alumno deberá disponer de un lugar y un puesto de trabajo adecuado, así como de conexión eléctrica y conexión a internet para la conexión de los equipos que lo requieran.