B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20240510-1)
Concurso de traslados –  Resolución de 24 de abril de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se resuelve definitivamente el concurso de traslado para plazas vacantes entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, anunciado por Resolución de 27 de septiembre de 2023
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 10 DE MAYO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 111

obtenido un puesto de trabajo en el concurso, no se seguirá el orden de cese establecido en
el punto Quinto, sino que se deberá actuar de la siguiente forma:
a) El funcionario reingresado tomará posesión.
b) El funcionario en activo, en servicios especiales, en excedencia por cuidado de familiares o en adscripción provisional cesará el mismo día de la toma de posesión
del reingresado, empezando a contarle al primero entonces el plazo posesorio indicado en el punto Sexto.
c) Si el funcionario cesado en el apartado b) tomara posesión en un órgano judicial
ocupado por otro que aún no ha cesado, se actuará de igual modo que en los puntos a) y b), y así sucesivamente.
Cuando tome posesión un funcionario en activo, en servicios especiales o excedencia
voluntaria por cuidado de familiares, y no haya cesado aún un funcionario que deba reingresar o que esté adscrito provisional, se deberá actuar de la siguiente forma:
a) El funcionario en activo, en servicios especiales o en excedencia por cuidado de
familiares tomará posesión.
b) El funcionario que deba reingresar o que esté en adscripción provisional cesará el
mismo día de la toma de posesión del funcionario en activo, en servicios especiales o en excedencia por cuidado de familiares, empezando a contarle al primero
entonces el plazo posesorio indicado en el punto Séptimo.
c) Si el funcionario cesado en el apartado e) tomara posesión en un órgano judicial
ocupado por otro que aún no ha cesado, se actuará de igual modo que en los puntos d) y e), y así sucesivamente.
Noveno

BOCM-20240510-1

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante la Viceconsejera de Justicia y Víctimas en el plazo de un mes contado
a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente en defensa de sus derechos.
Madrid, a 24 de abril de 2024.—La Directora General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, Alejandra Alonso Bernal.