C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240510-19)
Conciertos educativos –  Orden 1938/2024, de 25 de abril, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, relativa a la modificación de los módulos económicos para la financiación de centros docentes privados sostenidos con fondos públicos en los ejercicios 2023 y 2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 111

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 10 DE MAYO DE 2024

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I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
ORDEN 1938/2024, de 25 de abril, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, relativa a la modificación de los módulos económicos para la financiación de centros docentes privados sostenidos con fondos públicos en los ejercicios 2023 y 2024.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de
mayo, de Educación; el Decreto 31/2019, de 9 de abril, del Consejo de Gobierno, regula el
régimen de conciertos educativos en la Comunidad de Madrid, y recoge, en su título V, el
régimen económico de los mismos señalando que, en los centros privados sostenidos con
fondos públicos, como resultado de la firma del concierto, la Administración Educativa abona
los salarios como pago delegado y en nombre de la entidad titular del centro. Estas retribuciones han de posibilitar la equiparación gradual de la remuneración del profesorado de
la enseñanza concertada con la del profesorado de la enseñanza pública en las respectivas
etapas educativas. En la Comunidad de Madrid esta equiparación retributiva se alcanzó en
virtud del Acuerdo de 17 de junio de 2010, suscrito por las organizaciones empresariales
y sindicales más representativas del ámbito de la enseñanza concertada de la Comunidad
de Madrid y la entonces Consejería de Educación y Juventud.
El artículo 48.1.a) de La Ley 4/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de
la Comunidad de Madrid para 2022, prorrogada para 2023, y de la Ley 15/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024, establece que la Consejería competente en materia de Educación, podrá modificar los módulos económicos aprobados en las mismas, de acuerdo a las variaciones que pudieran resultar de
aplicación una vez aprobada la Ley de Presupuestos Generales del Estado de los respectivos
ejercicios, o para adecuarlos a las exigencias derivadas de la ordenación académica de las enseñanzas, previo informe favorable de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, procediendo a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En el ejercicio 2023 al haberse prorrogado la Ley de Presupuestos para 2022, se realizó
la modificación de los módulos económicos para los centros privados sostenidos con fondos
públicos mediante la Orden 622/2023, de 27 de febrero, en la que se incluyó: el incremento
del 2,5 por 100 desde el 1 de enero de 2023, la incorporación, dentro del complemento autonómico de la cuantía del “complemento general del complemento específico” asignado al personal docente no universitario de la Comunidad de Madrid y la incorporación del complemento específico por el desempeño de la tutoría dentro del concepto de “gastos variables”.
Posteriormente a la publicación de la mencionada Orden 622/2023, de 27 de febrero,
se han aplicado los siguientes incrementos: un incremento adicional del 0,5 por 100 respecto a las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2022, con efectos desde el 1 de enero
de 2023, de conformidad con el Acuerdo de 18 de octubre de 2023 del Consejo de Gobierno,
sobre incremento retributivo adicional del personal al servicio del sector público de la Comunidad de Madrid para 2023. Con ello, el incremento consolidado fue de un 3 por 100, que se
aplicó a los conceptos salariales de los módulos económicos para la financiación del concierto
educativo en la nómina del mes de noviembre de 2023, como pago a cuenta. Y un incremento
complementario del 0,5 por 100, respecto a las retribuciones vigentes a 31 de diciembre
de 2022, con efectos desde el 1 de enero de 2023, de conformidad con el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 28 de febrero de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aplica el
Acuerdo del Consejo de Ministro de 6 de febrero de 2024. Así pues, el incremento consolidado total es de un 3,5 por 100 respecto a las cuantías aplicadas a 31 de diciembre de 2022.
Por ello, en el momento actual, procede aprobar una orden de módulos económicos
para la financiación de centros docentes sostenidos con fondos públicos, modificando los
módulos aplicados a 31 de diciembre de 2022, de manera que se incluya un incremento total del 3,5 por 100, es decir un 0,5 por 100 adicional sobre el 3 por 100 que se había aplicado hasta el momento, en los conceptos de “Salarios de personal docente, incluidas cargas
sociales” y “gastos variables”, lo que supone la modificación de los módulos para los ejercicios presupuestarios 2023 y 2024.

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