C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240510-22)
Bases subvenciones – Orden 1388/2024, de 23 de abril, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones a municipios, otras entidades locales y organismos y entidades públicas locales de la Comunidad de Madrid, para el desarrollo de proyectos para jóvenes en el marco de la animación sociocultural y la educación no formal
18 páginas totales
Página
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 111
VIERNES 10 DE MAYO DE 2024
Pág. 157
pios de la Comunidad de Madrid para la realización de proyectos de sensibilización, participación, debate y difusión entre los jóvenes, para su adaptación a la ley 58/2003, de 17 de
diciembre, General Tributaria).
2. Queda derogada la Orden 805/2019, de 3 de junio, del Consejero de Cultura, Turismo y Deportes, del Consejero de Cultura, Turismo y Deportes, por la que se aprueban las
bases reguladoras de subvenciones a municipios de la Comunidad de Madrid para el desarrollo de acciones formativas para jóvenes en el marco de la animación sociocultural y la
educación no formal. (Modificada por la Orden 1314/2020, de 19 de junio, del Consejero
de Educación y Juventud y por la Orden 18/2022, de 13 de enero, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social).
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Instrucciones
Se faculta al titular de la dirección general competente en materia de juventud para dictar las instrucciones que pudieran ser necesarias para la correcta interpretación y aplicación
de esta Orden.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Entrada en vigor
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 23 de abril de 2024.
La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales,
ANA DÁVILA-PONCE DE LEÓN MUNICIO
BOCM-20240510-22
(03/6.541/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 111
VIERNES 10 DE MAYO DE 2024
Pág. 157
pios de la Comunidad de Madrid para la realización de proyectos de sensibilización, participación, debate y difusión entre los jóvenes, para su adaptación a la ley 58/2003, de 17 de
diciembre, General Tributaria).
2. Queda derogada la Orden 805/2019, de 3 de junio, del Consejero de Cultura, Turismo y Deportes, del Consejero de Cultura, Turismo y Deportes, por la que se aprueban las
bases reguladoras de subvenciones a municipios de la Comunidad de Madrid para el desarrollo de acciones formativas para jóvenes en el marco de la animación sociocultural y la
educación no formal. (Modificada por la Orden 1314/2020, de 19 de junio, del Consejero
de Educación y Juventud y por la Orden 18/2022, de 13 de enero, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social).
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Instrucciones
Se faculta al titular de la dirección general competente en materia de juventud para dictar las instrucciones que pudieran ser necesarias para la correcta interpretación y aplicación
de esta Orden.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Entrada en vigor
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 23 de abril de 2024.
La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales,
ANA DÁVILA-PONCE DE LEÓN MUNICIO
BOCM-20240510-22
(03/6.541/24)
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ISSN 1989-4791