A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20240509-1)
Regulación enseñanzas –  Orden 2105/2024, de 7 de mayo, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se modifica la Orden 47/2017, de 13 de enero, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se desarrollan determinados aspectos de la evaluación final de Bachillerato para el acceso a la universidad, en lo referente a las materias objeto de evaluación
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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JUEVES 9 DE MAYO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 110

4. El estudiante indicará en la solicitud de inscripción a las pruebas, la modalidad y
vía de Bachillerato cursada, la Primera Lengua Extranjera cursada, la materia escogida en
el subapartado 4.o del apartado 3.a), la materia escogida del apartado 3.b) y, en su caso, las
diferentes materias de la parte voluntaria hasta un máximo de cuatro materias.
5. Las características, contenido y diseño de las pruebas se atendrán a lo establecido
en la normativa básica estatal.
6. El alumno que haya obtenido el título de Bachiller de acuerdo con lo establecido
en el artículo 23 del Real Decreto 243/2022, de 5 de abril, podrá sustituir la materia obligatoria de modalidad a la que se refiere el artículo 2.3, aunque no la haya cursado, por la materia que no hubiera escogido previamente al optar, conforme a dicho artículo, entre Historia de España e Historia de la Filosofía”.
Dos. El artículo 4 queda redactado del siguiente modo:
“1. La calificación final, la superación y la validez de la evaluación de Bachillerato
para el acceso a la universidad y de las calificaciones obtenidas en sus pruebas se regirán
por lo dispuesto en la Orden PJC/39/2024, de 24 de enero.
2. Las calificaciones se notificarán de forma electrónica mediante alguna de los sistemas de identificación, firma y verificación válidos establecidos en la normativa vigente
sobre administración electrónica. A tal efecto, cada universidad dispondrá la forma de realizar estas notificaciones a través de su sede electrónica”.
DISPOSICIÓN FINAL
Entrada en vigor
La Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL
COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 7 de mayo de 2024.

DE LA

El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO

BOCM-20240509-1

(03/7.039/24)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791