C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS - O. A. Agencia de Vivienda Social (BOCM-20240509-14)
Precios arrendamiento viviendas –  Resolución 1584/2024, de 24 de abril, por la que se determinan los precios de arrendamiento de las viviendas gestionadas por la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid
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B.O.C.M. Núm. 110

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 9 DE MAYO DE 2024

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de octubre, por el que se regula la cesión, en arrendamiento, de las viviendas de
Protección Oficial de Promoción Pública modificado por el Decreto 44/1990,
de 17 de mayo.
b) Viviendas que hayan sido objeto de regularización al amparo de lo previsto en el
Decreto 25/1995, de 16 de marzo, sobre regularización de situaciones de ocupación
irregular de viviendas y locales de promoción pública cuya titularidad corresponde
al Instituto de la Vivienda de Madrid o en virtud del artículo 17 de la Ley 18/2000,
de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas por el que se establece el Régimen excepcional de venta, alquiler y escrituración de viviendas por
el IVIMA en favor de ocupantes sin título suficiente.
c) Viviendas adjudicadas mediante sorteo, cuyo precio se determinará en cada caso
en atención a las características concretas de la promoción y destinatarios.
Séptimo
Actualización anual de los precios máximos
De acuerdo con lo previsto en el artículo 5 de la Orden de 15 de febrero de 2024 de la
Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, los precios máximos previstos en el
apartado primero de la presente Resolución se actualizarán automáticamente el primero de
enero de cada año, a partir del día 1 de enero de 2025, de acuerdo con la variación porcentual experimentada por el índice de precios al consumo en la fecha de la actualización. La
dirección general competente en materia de vivienda publicará anualmente los precios máximos actualizados, durante el primer trimestre de cada año a partir de 2025.
Octavo
De acuerdo con el artículo 3 de la Orden de 15 de febrero de 2024, de la Consejería de
Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se establecen los precios de las viviendas con protección pública en la Comunidad de Madrid, a efectos de determinar el precio
máximo de venta, por metro cuadrado de superficie útil de las viviendas protegidas, se consideran las zonas declaradas ámbitos territoriales de precio máximo superior, comprensivas
de los municipios que se enumeran a continuación:
Zona A, integrada por los siguientes municipios:
— Alcobendas.
— Boadilla del Monte.
— Las Rozas de Madrid.
— Madrid.
— Majadahonda.
— Pozuelo de Alarcón.
— San Sebastián de los Reyes y
— Tres Cantos.
Zona B, integrada por los siguientes municipios:
— Ajalvir.
— Alcalá de Henares.
— Alcorcón.
— Algete.
— Aranjuez.
— Arganda del Rey.
— Arroyomolinos.
— Brunete.
— Ciempozuelos.
— Cobeña.
— Collado Villalba.
— Colmenarejo.
— Colmenar Viejo.
— Coslada.
— El Escorial.
— Fuenlabrada.
— Fuente el Saz de Jarama.

BOCM-20240509-14

Zonificación del ámbito territorial