Tres Cantos (BOCM-20240509-62)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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JUEVES 9 DE MAYO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 110

mitidos y excluidos, con indicación de las causas de inadmisión. Aquellos aspirantes que
no figuren en la lista o hayan sido excluidos dispondrán de diez días hábiles, contados desde el día siguiente a la citada publicación, para la subsanación de posibles defectos.
Quienes dentro del plazo señalado no subsanen los defectos justificando su derecho a
ser admitido, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo. Los errores en la consignación de los datos personales se rectificarán de oficio o a instancia del interesado en
cualquier momento del proceso selectivo.
2. Finalizado el plazo de subsanación antes señalado, se publicará un nuevo Decreto con la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, en el plazo de un mes, a la
que se dará la misma publicidad. En dicha resolución se podrá iniciar la fecha, lugar y hora
de realización de la primera prueba.
El hecho de figurar en la relación definitiva de aspirantes admitidos no supone que se
reconozca la posesión de los requisitos exigidos para participar en el proceso selectivo.
Cuando del examen de la documentación que se presenten en el caso de ser seleccionado,
se desprenda que no poseen alguno de los requisitos, las personas seleccionadas decaerán
de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en el procedimiento.
3. Las publicaciones de los sucesivos anuncios para la celebración de las pruebas de
este proceso se hará en la sede electrónica de este Ayuntamiento.
Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo casos de fuerza mayor y debidamente justificados,
que serán libremente apreciados por el Tribunal.
4. Finalizado el proceso de selección, el Tribunal publicará la relación de personas
aprobadas, por el orden de puntuación alcanzado, así como las notas parciales de cada fase
del proceso selectivo, en el en el Tablón de Anuncios de la sede electrónica. Se abrirá un
plazo de tres días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación, para reclamaciones y
alegaciones.
5. Resueltas, si procede, las alegaciones, el Tribunal hará pública la relación con la
calificación definitiva, y elevará al órgano competente la propuesta de resolución del proceso selectivo a efectos de la adjudicación de la plaza convocada.
Novena. Nombramiento y toma de posesión
1. Concluido el proceso selectivo, los aprobados, con carácter previo a su nombramiento y toma de posesión, quedan obligados a presentar en el Departamento de RRHH del
Ayuntamiento, todos los documentos acreditativos de su capacidad y requisitos de las presentes Bases, así como cuantos documentos sean requeridos por dicho departamento. En
particular habrá de presentarse, para su cotejo o compulsa los documentos originales de los
méritos alegados. Se aportará en el plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de los candidatos propuestos por el Tribunal.
2. Una vez efectuado el nombramiento por el órgano competente, con publicación en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, previa aportación de la documentación exigida, los funcionarios deberán tomar posesión de las plazas, en los destinos inicialmente adjudicados, en el plazo de tres días hábiles, contados desde la notificación de la
resolución de adjudicación.
3. Quienes sin causa justificada no tomaran posesión dentro del plazo señalado, o no
aportaran los documentos originales solicitados, perderán todos los derechos derivados del
presente procedimiento selectivo y de su nombramiento.
4. El/la funcionario/a nombrado/a será adscrito a los Puestos de Trabajo de carácter
no singularizado de gestor/a administrativo/a, de conformidad con la vigente RPT, y con
destino inicial en Gestión Tributaria.

Los listados de aspirantes en el proceso selectivo que se publiquen en sede electrónica del Ayuntamiento de Tres Cantos y que contengan datos de carácter personal, se ajustarán a la legislación actual de protección de datos y su única finalidad será la gestión del proceso selectivo.
Cuando sea necesario publicar un acto administrativo que contenga datos personales
se publicará de la forma que determina la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales. El Ayuntamiento será el responsable del tratamiento de estos datos.

BOCM-20240509-62

Décima. Protección de datos