C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240509-13)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden de 25 de abril de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan ayudas para el año 2024, dirigidas a empresas artesanas de la Comunidad de Madrid para la promoción y formación
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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JUEVES 9 DE MAYO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 110

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
13

EXTRACTO de la Orden de 25 de abril de 2024, de la Consejera de Economía,
Hacienda y Empleo, por la que se convocan ayudas para el año 2024, dirigidas a
empresas artesanas de la Comunidad de Madrid para la promoción y formación.
BNDS (Identif.): 757492

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Orden citada
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans ) y en la página web www.comunidad.madrid
Primero
Beneficiarios
Serán beneficiarios de estas ayudas las pequeñas y medianas empresas artesanas cuyo
origen sea cualquier Estado miembro del Espacio Económico Europeo y desarrollen su
actividad en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid. Asimismo, la actividad desarrollada se ha de corresponder con los oficios y actividades artesanas incluidos en el
Repertorio de Actividades y Oficios Artesanos de la Comunidad de Madrid aprobado por
la Ley 21/1998, de 30 de noviembre, de Ordenación, Protección y Promoción de la Artesanía en la Comunidad de Madrid.
No tendrán la condición de beneficiarias las entidades en las que concurra alguna de
las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Segundo
Objeto
El objetivo de esta convocatoria, es contribuir a la promoción comercial de las empresas artesanas, y a la formación en este sector, dentro de las actividades y oficios artesanos
incluidos en el Repertorio de Actividades y Oficios Artesanos de la Comunidad de Madrid,
convocando ayudas para el año 2024.
Tercero
Gastos y período de inversión subvencionable
Se consideran gastos subvencionables los recogidos y delimitados en el artículo 7 de
la Orden de 12 de mayo de 2021, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad,
por la que se aprueban las bases reguladoras.
El período de realización de las acciones subvencionables será el comprendido entre
el 15 septiembre de 2023 y el 14 de septiembre de 2024.

Bases reguladoras
Orden de 12 de mayo de 2021 del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad,
por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a empresas artesanas de la Comunidad de Madrid para la promoción y formación, publicada en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de mayo de 2021 y modificada por Orden
de 10 de mayo de 2023, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, publicada en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 23 de mayo de 2023.

BOCM-20240509-13

Cuarto