B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20240508-1)
Destinos funcionarios –  Resolución de 25 de abril de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se otorgan destinos a los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia (turno promoción interna), que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/241/2022, de 24 de marzo, en el ámbito de la Comunidad de Madrid
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B.O.C.M. Núm. 109

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 8 DE MAYO DE 2024

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opción, a los efectos de la declaración de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506.d)
de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Copia de la Resolución por la
que se les declara en situación de excedencia voluntaria será remitida al Registro Central de
Personal de la Subdirección General de Medios Personales de la Administración de Justicia.
Cuarto
En caso de que los funcionarios optaren por ingresar en el cuerpo de Gestión Procesal
y Administrativa y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la Administración de Justicia y dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para efectuar la toma de posesión; podrán solicitar del organismo competente correspondiente a su
destino como funcionario del cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad, o de dos en caso contrario, salvo aquellos que hayan de desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el
permiso podrá ser de hasta tres días para posesionarse de su nuevo cargo. Estos días se considerarán hábiles y la toma de posesión en el nuevo destino se efectuará durante los días de
permiso indicados.
En el caso de que el funcionario/a proceda del ámbito de competencia de otra Administración se remitirá la documentación a la misma para que se proceda a concederle de oficio la situación de excedencia voluntaria en el Cuerpo de Tramitación Procesal con efectos
del día de la toma de posesión.
Quinto
Los funcionarios que opten por tomar posesión del nuevo puesto del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, tendrán derecho a partir de la toma de posesión al permiso
retribuido que establece la disposición adicional quinta del Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo, permiso del que se deducirán los días contemplados en el apartado cuarto de esta
Resolución.
Sexto
Los funcionarios interinos que actualmente ocupen plazas, que han sido adjudicadas a los
aspirantes aprobados, cesarán el mismo día en que se produzca la toma de posesión del titular.
Séptimo
Los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, a los que se otorga destino en virtud de esta Resolución, no obstante haber sido destinado con carácter forzoso por el orden de calificación según sus preferencias, no podrán participar en concurso
de traslados hasta que transcurran dos años desde la fecha de esta Resolución. El cómputo
de los dos años se realizará conforme a lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 529.3
de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Las plazas ofrecidas a los aspirantes mediante Resolución de 13 de febrero de 2024, de
la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia
de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, no adjudicadas a los aspirantes de nuevo ingreso en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, turno de promoción interna, mantienen su condición de desiertas y reservadas para los aspirantes a ingreso
en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa del turno libre. Asimismo, las plazas no
ocupadas por los aspirantes del turno de promoción interna, al optar por permanecer en el
Cuerpo de procedencia, se acumularán a las plazas indicadas en el párrafo anterior.
Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejera de Justicia y Víctimas, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en
el “Boletín Oficial del Estado”, según lo dispuesto en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, a 25 de abril de 2024.—La Directora General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, Alejandra Alonso Bernal.

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