B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20240508-1)
Destinos funcionarios –  Resolución de 25 de abril de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se otorgan destinos a los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia (turno promoción interna), que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/241/2022, de 24 de marzo, en el ámbito de la Comunidad de Madrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 8 DE MAYO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 109

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
1

RESOLUCIÓN de 25 de abril de 2024, de la Dirección General de Recursos
Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia de la Consejería de
Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se otorgan destinos a
los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia (turno promoción interna), que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/241/2022, de 24 de marzo, en el ámbito de
la Comunidad de Madrid.

Los artículos 28 y 29 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se
aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia regulan la asignación inicial de puestos de trabajo y la toma de posesión de los funcionarios de nuevo ingreso al servicio de la Administración de Justicia.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, esta Dirección General
RESUELVE
Primero
Adjudicar los destinos en los órganos judiciales y fiscales, de acuerdo con la relación
que se incluye como Anexo I, a los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa (turno promoción interna) nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia de la Comunidad de Madrid por Orden del Ministerio de Justicia, de 25 de abril de 2024.
Segundo

Tercero
Los funcionarios destinados en virtud de esta Resolución que opten por continuar en activo en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa no se desplazarán a tomar posesión del puesto de trabajo adjudicado, bastando con que, dentro del plazo de toma de posesión señalado en el apartado segundo, comuniquen a la Dirección General de Recursos
Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia de la Comunidad de Madrid dicha

BOCM-20240508-1

Los funcionarios de Tramitación Procesal y Administrativa, a los que se les otorga destino en esta Resolución, deberán tomar posesión ante la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de la Comunidad de Madrid en el plazo de veinte días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución en el
“Boletín Oficial del Estado”, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal funcionario al servicio
de la Administración de Justicia y en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La toma de posesión de aquellos funcionarios que hayan sido destinados a órganos en
lo que exista una Unidad Administrativa y de Coordinación del Proyecto Civitas se realizará en estas.
En el caso de que el funcionario proceda del ámbito de competencia del Ministerio de
Justicia o de otras Comunidades Autónomas que hayan recibido el traspaso de medios personales, se remitirá la documentación de la toma de posesión a estos órganos para que procedan a concederle de oficio la situación de excedencia voluntaria en el Cuerpo de Tramitación Procesal.