D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240508-39)
Convenio –  Convenio de 22 de abril de 2024, entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y Spain Startup and Investors Services, S. L., para la promoción del emprendimiento y la atracción del talento, a través de la organización conjunta del evento internacional South Summit 2024, en la Comunidad de Madrid y sus actuaciones de amplificación y promoción internacional
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 109

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 8 DE MAYO DE 2024

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Novena
Comisión de seguimiento
Se constituirá una comisión de seguimiento para facilitar la ejecución y cumplimiento
del convenio.
La comisión de seguimiento estará formada por un total de cuatro miembros, dos en representación de Spain Startup y otros dos en representación de la Comunidad de Madrid, en
concreto de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y de la Dirección General de
Autónomos y Emprendimiento, y uno de estos últimos actuará de secretario de la Comisión.
La comisión de seguimiento actuará como órgano de seguimiento, vigilancia y control
de la ejecución de lo establecido en el convenio. Entre otras funciones le corresponde:
— Establecer las medidas correctoras oportunas para conseguir el cumplimiento del
objetivo del convenio.
— Aclarar las dudas y controversias que puedan originarse en la interpretación y ejecución de este convenio.
El funcionamiento de esta comisión se regirá por las normas contenidas en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La comisión se reunirá cuando se estime conveniente y, en todo caso, siempre que una
de las partes lo solicite al objeto de revisar la relación de acciones y actividades que se realicen al amparo del presente convenio y resolver las incidencias que pudieran surgir en la
celebración de los eventos y acciones o cualquier otra cuestión que pudiera suscitarse.
Décima
Protección de datos
Las partes se comprometen a cumplir con la legislación vigente en materia de protección de datos y cada una de las partes asumirá la responsabilidad en que, por este concepto,
pueda incurrir.
En particular, si la colaboración objeto del presente convenio implicase el tratamiento
de datos personales, las partes declaran expresamente que conocen y quedan obligadas a
cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente convenio.
Especialmente, las partes se comprometen al cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el deber de información a los titulares de los datos personales, con el deber de
confidencialidad, con las medidas de seguridad, y con la notificación de brechas de seguridad que pudieran producirse, así como al cumplimiento de las que se contengan en el correspondiente acuerdo de encargo de tratamiento a firmar entre el responsable del tratamiento y el encargado del mismo, si lo hubiera.
Estas obligaciones deberán ser conocidas por todos aquellos que pudieran participar
en las actuaciones derivadas del presente convenio, comprometiéndose las partes a informar a los mismos.
Undécima
Vigencia

Duodécima
Naturaleza jurídica
El presente convenio se encuentra excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017,
de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE
y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en virtud de lo dispuesto en su artículo 6.2.

BOCM-20240508-39

El presente convenio entrará en vigor el día de la firma electrónica del último de los
firmantes y tendrá una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024.