D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20240507-20)
Convenio –  Convenio de 23 de abril de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Arte Paliativo, para la implantación de un proyecto de arteterapia mediante el acompañamiento de los pacientes en los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 108

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE MAYO DE 2024

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to 245/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Sanidad.
Tercero
La Consejería de Sanidad, a través de la Dirección General de Humanización, Atención y Seguridad del Paciente, fomenta y apoya entre sus actividades aquellas relacionadas
con las fundaciones y asociaciones de pacientes en general que, con su labor, contribuyen
a una mejora de la atención sanitaria y al bienestar de los pacientes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.i) del Decreto 245/2023, de 4 de octubre, a cuyo tenor, corresponde a la citada dirección general “La promoción, desarrollo y despliegue de aquellas actuaciones institucionales que garanticen la humanización de la asistencia sanitaria a través de
la personalización de la atención en los diferentes niveles y a lo largo de todo el proceso
asistencial”.
Cuarto
El artículo 2, apartados 1 y 2, del Decreto 24/2008, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud, define el Servicio Madrileño de Salud como un
ente de Derecho Público de los previstos en el artículo 6 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, adscrito a la Consejería que
tenga atribuidas las competencias en materia de sanidad. Asimismo, el artículo 4.a) del Decreto 24/2008 recoge, entre los fines del Servicio Madrileño de Salud, la atención integral
de la salud en todos los ámbitos asistenciales.
Quinto
La disposición adicional segunda, apartado 1, del Decreto 246/2023, de 4 de octubre,
por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud, recoge los
centros adscritos al Servicio Madrileño de Salud.
Sexto
La Fundación Arte Paliativo (en lo sucesivo, la fundación) es una entidad sin ánimo de
lucro, inscrita en el Registro de Fundaciones de la Generalidad de Cataluña con número 3238, que de acuerdo con los fines previstos en sus estatutos puede llevar a cabo actividades encaminadas a favorecer el bienestar emocional, espiritual y social de las personas
que padecen alguna enfermedad, mejorar sus condiciones de vida procurando la satisfacción de sus necesidades emocionales, espirituales y sociales sobre todo de aquellas personas que están hospitalizadas y se enfrentan al final de su propia vida.
Séptimo
Ha sido práctica habitual a lo largo de los años la colaboración de organizaciones de voluntariado con los hospitales, lo que ha supuesto una importante mejora en la calidad de vida
de los pacientes y que aconseja la instrumentación jurídica a través del presente convenio
para establecer una colaboración fluida mediante la regulación de las relaciones entre las partes. Dicha colaboración se ajustará en todo caso a la Ley 1/2015, de 24 de febrero, del Voluntariado en la Comunidad de Madrid.

Existe una confluencia en los objetivos de las partes, por lo que se considera de interés el establecimiento de una colaboración entre las mismas dirigida a promover la humanización de la asistencia sanitaria y normalizar la vida de los pacientes y sus familiares o
allegados durante el proceso de la enfermedad.
Por todo ello, las partes acuerdan suscribir el presente convenio en el ámbito sanitario
de acuerdo con las siguientes

BOCM-20240507-20

Octavo