D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - CANAL DE ISABEL II (BOCM-20240507-38)
Convenio concesión aguas –  Convenio de 22 de abril de 2024, relativo al cumplimiento de lo dispuesto en la condición específica undécima a que se sujeta la concesión de aguas para riego otorgada por la Confederación Hidrográfica del Tajo, en fecha 15 de diciembre de 2022, a favor de la Comunidad de Regantes Canal de Cabarrús, entre la Comunidad de Madrid, el Ente Público Canal de Isabel II, Canal de Isabel II, S. A., M. P. y la Comunidad de Regantes Canal de Cabarrús
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE MAYO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 108

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
CANAL DE ISABEL II
38

CONVENIO de 22 de abril de 2024, relativo al cumplimiento de lo dispuesto en la
condición específica undécima a que se sujeta la concesión de aguas para riego
otorgada por la Confederación Hidrográfica del Tajo, en fecha 15 de diciembre
de 2022, a favor de la Comunidad de Regantes Canal de Cabarrús, entre la Comunidad de Madrid, el Ente Público Canal de Isabel II, Canal de Isabel II, S. A.,
M. P. y la Comunidad de Regantes Canal de Cabarrús.
Madrid, a 22 de abril de 2024.
REUNIDOS
De una parte, D. Carlos Novillo Piris.
De una parte, D. José Luis Fernández Quejo del Pozo.
De otra parte, D. Mariano González Sáez.
Y de otra, D. Julio Guerra Ariza.

El primero de los citados, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid, en
su condición de Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, nombrado por Decreto 43/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 150, de 26 de junio de 2023), actuando en
uso de las competencias que le son propias, otorgadas por el artículo 4.3 de la Ley 8/1999,
de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley estatal 4/1999, de 13 de enero; el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, del Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad
convencional de la Comunidad de Madrid, y de acuerdo con lo previsto en el punto 3 del
apartado octavo de la Orden 984/2024, de 15 de marzo, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y
la firma de convenios, se desconcentra el protectorado de fundaciones y se designa, con carácter permanente, a los miembros de las Mesas de Contratación de la Consejería.
El segundo, en nombre y representación del Ente Público Canal de Isabel II (en adelante, Ente Canal), con CIF Q2817017C, Entidad de Derecho Público perteneciente a la
Administración Institucional de la Comunidad de Madrid, en su condición de Gerente de
dicha empresa pública, en virtud de Acuerdo del Consejo de Administración de fecha 24 de
julio de 2023, por el que se le nombra Gerente del Ente Público Canal de Isabel II de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2 del Decreto 68/2012, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la estructura orgánica del Canal de Isabel II y en virtud de las facultades que tiene conferidas por delegación de fecha 7 de septiembre de 2018
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 28 de septiembre de 2018), de conformidad con lo dispuesto en los artículos 5.1.c) y 5.2 del Decreto 68/2012, de 12 de julio,
del Consejo de Gobierno, por el que se regula la estructura orgánica del Canal de Isabel II.
El tercero, en nombre y representación de Canal de Isabel II, S. A., M. P. (en adelante Sociedad Canal), con CIF A86488087, en su calidad de Consejero-Delegado, según
nombramiento del Consejo de Administración de 23 de febrero de 2023.
El cuarto, en nombre y representación de la Comunidad de Regantes Canal de Cabarrús (en adelante, la Comunidad de Regantes), con CIF G8004823, en su condición de Presidente de la misma y en virtud de las facultades otorgadas por la Junta General de la Comunidad de Regantes en su reunión de 3 de noviembre de 2023.

BOCM-20240507-38

INTERVIENEN