B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20240506-1)
Puesto funcionario habilitación nacional –  Resolución de 16 de abril de 2024, de la Dirección General de Reequilibrio Territorial, sobre la clasificación del puesto de Tesorería, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, del Ayuntamiento de Villa del Prado
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 6 DE MAYO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 107

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
RESOLUCIÓN de 16 de abril de 2024, de la Dirección General de Reequilibrio
Territorial, sobre la clasificación del puesto de Tesorería, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, del Ayuntamiento de Villa del Prado.

El Ayuntamiento de Villa del Prado, mediante escrito de Alcaldía de fecha 4 de abril
de 2024, remite la documentación relativa a la clasificación del puesto de Tesorería, reservado a funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, por
parte de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo previsto en el artículo 14, 26 y la
Disposición transitoria sexta, del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de
carácter nacional.
El expediente consta de la siguiente documentación:
— Certificado de Secretaria de fecha 11 de marzo de 2024, del Decreto de Alcaldía
número 324/2024, de 8 de marzo de 2024, por el que se solicita a la Comunidad
de Madrid, la clasificación del puesto de Tesorería, subescala Intervención-Tesorería, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
— Certificado de Secretaria de fecha 11 de marzo de 2024, del acuerdo de Pleno de
fecha 4 de noviembre de 2020, por el que se aprueba definitivamente la relación
de puestos de trabajo, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 3 de fecha 5 de enero de 2021, y se incluye el puesto de Tesorería, subescala Intervención-Tesorería; forma provisión: concurso; C.D. 30; y
C.E.1.837,34 euros/mes.
— Certificado de Secretaria de 4 de abril de 2024, en el que consta la existencia de
dotación presupuestaria en el presupuesto de este ejercicio 2024.
El artículo 92 bis de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen
Local, dispone que son funciones públicas necesarias en todas las Corporaciones Locales,
cuya responsabilidad Administrativa está reservada a funcionarios de administración local
con habilitación de carácter nacional: a) La de Secretaría, comprensiva de la fe pública y el
asesoramiento legal preceptivo. b) El control y la fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria, y la contabilidad, tesorería y recaudación. No obstante,
en los municipios de gran población se tendrá en cuenta lo dispuesto en el Título X de dicha Ley y en los municipios de Madrid y de Barcelona la regulación contenida en las Leyes 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid y 1/2006,
de 13 de marzo, por la que se regula el Régimen Especial del municipio de Barcelona respectivamente.
El 14 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional,
establece que “en las corporaciones Locales cuya Secretaría esté clasificada en primera o
segunda existirá un puesto de trabajo denominado Tesorería”. El artículo 26 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, “corresponde a los Interventores-Tesoreros, cualquiera que
sea su categoría, el desempeño de los puestos de trabajo que tengan asignadas las funciones de tesorería, cuando se trate de Corporaciones Locales cuya Secretaría esté clasificada
en clase primera o segunda”.
La disposición transitoria sexta del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo establece
que “Las Corporaciones Locales cuya Secretaría esté clasificada en clase segunda, y el
puesto de Tesorería no esté reservada a la escala de funcionarios de Administración Local
con habilitación de carácter nacional a la entrada en vigor de este Real Decreto, deberán
modificar su relación de puestos de trabajo y solicitar a la Comunidad Autónoma correspondiente la clasificación del puesto como reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional de la subescala de Intervención-Tesorería, para su

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