D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20240504-8)
Convenio –  Convenio de 17 de abril de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud EN EL Trabajo) y UNO Organización Empresarial de Logística y Transporte, para la concesión directa de una subvención para la realización durante 2024 de acciones incluidas en el VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2021-2024
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 4 DE MAYO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 106

c) En relación con la organización de jornadas, impartición de formación y actos de
divulgación, deberán comunicar a los representantes del IRSST, con una antelación de, al menos, una semana, salvo imprevistos debidamente justificados, para
que estos puedan valorar su asistencia: el lugar, la fecha, y el horario de los mismos; programa, contenidos o materiales objeto de actuación, material soporte de
la actuación y número y perfil de los destinatarios de la misma.
Se contemplará la misma salvedad en el plazo indicada en el punto a) de este apartado.
En relación con la realización de visitas de asesoramiento, el técnico de seguimiento
del IRSST podrá, en cualquier momento, solicitar al beneficiario la información correspondiente al lugar, fecha y horario de las visitas previstas a efectos de que el citado técnico de
seguimiento pueda valorar su asistencia a las mismas.
12.1.2. Posteriormente a la realización de la actuación:
a) Visitas de asesoramiento: con carácter trimestral, justificante de la acción realizada, con el contenido mínimo del acta de asesoramiento (SEN 2-1 Acta de asesoramiento) y SEN-6 (Apartado 1. Relación de Asesoramientos), conforme al procedimiento establecido. Los datos de la relación de visitas serán comunicados
igualmente en formato Excel para facilitar las gestiones y comprobaciones.
b) Entrevistas: con carácter trimestral, justificante de la acción realizada, con el contenido mínimo del acta correspondiente (SEN 2-1 bis Acta de Entrevista) y SEN-6
(Apartado 2. Relación de entrevistas), conforme al procedimiento establecido.
Los datos de la relación de entrevistas serán comunicados igualmente en formato
Excel para facilitar las gestiones y comprobaciones.
c) Consultas: Con carácter trimestral la entidad beneficiaria remitirá el SEN-6
(Apartado 3. Relación de consultas), conforme al procedimiento establecido. Los
datos de la relación de consultas serán comunicados igualmente en formato Excel
para facilitar las gestiones y comprobaciones.
d) Documentación técnica: La entidad beneficiaria deberá justificar dicha acción de
forma trimestral, conforme al modelo SEN-6 (Apartado 4. Relación de documentación técnica), establecido en el procedimiento del IRSST.
e) Organización de Jornadas: La entidad beneficiaria deberá justificar dicha acción
de forma trimestral, conforme al modelo SEN-6 (Apartado 5. Relación de Jornadas y Actos), establecido en el procedimiento del IRSST.
f) Formación Preventiva: La entidad beneficiaria deberá justificar dicha acción de
forma trimestral, conforme al modelo SEN-6 (Apartado 6. Relación de Actividades Formativas), establecido en el procedimiento del IRSST.
g) Acciones de divulgación y difusión y elaboración de material utilizado en dichas
actuaciones, la entidad beneficiaria deberá justificar dicha acción de forma trimestral, conforme al modelo SEN-6 (Apartado 7. Relación de actuaciones de divulgación y difusión y Apartado 8. Relación de material utilizado en las actuaciones de
divulgación y difusión) establecido en el procedimiento del IRSST.
h) Material tecnológico e informático: la entidad beneficiaria deberá justificar dicha acción de forma trimestral, conforme al modelo SEN-6 (Apartado 9. Relación de material tecnológico e informático), establecido en el procedimiento del IRSST.
En las actuaciones relacionadas con redes sociales la beneficiaria informará a los
quince días de su publicación sobre el impacto de las acciones realizadas (visualizaciones, accesos, likes, descargas o cualquier otro parámetro aplicable relevante).
Los datos de la relación serán comunicados igualmente en formato Excel para facilitar las gestiones y comprobaciones.
En toda la documentación, tanto previa como posterior a la realización de la acción, que
se entregue al técnico de seguimiento designado, deberá constar la identificación y firma de un
miembro del beneficiario en calidad de responsable de la organización de la acción.
12.2. Otra documentación a entregar durante la fase de seguimiento:
12.2.1. Contratos de los técnicos de prevención:
A fin de que las actuaciones de los técnicos que sean contratados no tengan problemas
posteriormente, la entidad beneficiaria remitirá titulación y contrato de los mismos en el
momento que desee del proceso de contratación, en todo caso antes de que empiecen a realizar actuaciones relacionadas con el convenio, para ser verificados por el IRSST, a fin de
conseguir la mayor eficacia posible en el proceso de seguimiento y justificación.

BOCM-20240504-8

BOCM