D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20240504-5)
Convenio –  Convenio de 17 de abril de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Asociación de Empresas del Comercio e Industria del Metal de Madrid (AECIM) para la concesión directa de una subvención para la realización durante 2024 de acciones incluidas en el VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2021-2024
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B.O.C.M. Núm. 106

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 4 DE MAYO DE 2024

— Número total de asesoramientos: 200.
— Contenido de la visita:
d Material de apoyo a emplear:
– Cartel divulgativo.
– Material impreso (Guías aplicables).
d Porcentaje de visitas destinadas a autónomo sin trabajadores: 0 %.
— Personal para la realización de la actividad: Recursos propios de AECIM.
2.1.2. Asistencia técnica y asesoramiento sobre la gestión de productos químicos en
los procesos de fabricación de productos metálicos en centros de trabajo del metal.
En el proceso de fabricación de productos metálicos se pueden manejar productos tales como disolventes, decapantes, desengrasantes, fluidos de corte, etc., que, se utilizarán
unos u otros, dependiendo de la maquinaria utilizada y tareas que se ejecuten.
— Objetivo: Fomentar la prevención de riesgos laborales en centros de trabajo que
efectúan actividades de fabricación de productos metálicos. Se ha desarrollado
una campaña de asesoramiento a 80 centros de trabajo con la finalidad de analizar
la gestión con respecto a los productos químicos utilizados en las instalaciones,
desde su adquisición hasta su eliminación.
— Metodología: Se utilizará un cuestionario de toma de datos, para recoger información relativa a la totalidad de las fases que comprende la gestión preventiva de productos químicos: adquisición, utilización, almacenamiento y eliminación, teniendo en cuenta las exigencias requeridas en el Real Decreto 374/2001, de 6 de abril
sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos
relacionados con los agentes químicos durante el trabajo. Centrándose principalmente en las obligaciones empresariales para una gestión eficaz en la adquisición,
la utilización, el almacenamiento y la eliminación de productos químicos, teniendo en cuenta las directrices dadas en el Real Decreto 374/2001.
Del resultado de las visitas se elaborará un informe de carácter confidencial que se
hará llegar a la empresa, que tiene carácter de recomendación y que no constituye
el conjunto de obligaciones establecidas para la empresa en la Ley de Prevención
de Riesgos Laborales y la normativa que lo desarrolla.
Para que empresas y trabajadores tengan presente la importancia en la gestión, almacenamiento y manejo de los productos químicos en sus centros de trabajo, se
elaborará un tríptico divulgativo del que se editarán y distribuirán 80 unidades entre las empresas del sector metal. El excedente de trípticos no entregados en las visitas se distribuirá entre empresas del sector.
En cada visita se hará entrega del material mencionado en la actuación 2.4.2 y se
hará entrega, además, del material especificado en el punto 2.2.1, 2.2.2 y 2.2.3 según la actividad de la empresa y el criterio del técnico.
— N.o máximo de asesoramientos por empresa o centro de trabajo: 1.
— N.o mínimo de centros de trabajo diferentes sobre los que se actuará: 80.
— Número total de asesoramientos: 80.
— Contenido de la visita:
d Material de apoyo a emplear:
– Tríptico informativo.
– Material impreso (Guías aplicables).
d Porcentaje de visitas destinadas a autónomo sin trabajadores: 0 %.
— Personal para la realización de la actividad: Recursos ajenos de AECIM.
2.1.3. Asesoramiento técnico para la determinación de los niveles de exposición a
ruido en los centros de trabajo del sector metal.
— Objetivo: Análisis de los niveles de exposición a ruido en 100 puestos de trabajo
específicos del sector metal mediante la realización de una campaña de asistencia
técnica (máximo 3 por centro de trabajo). La estrategia de medición (número de
muestras, duración, puesto a muestrear, etc.) se establecerá teniendo en cuenta la
movilidad del puesto de trabajo y la complejidad de la tarea conforme a la “Guía
técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relacionados con la exposición al ruido” del INSHT. Por tanto, teniendo en cuenta estos factores se elaborará la correspondiente lista de chequeo.

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BOCM-20240504-5

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