D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20240504-5)
Convenio –  Convenio de 17 de abril de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Asociación de Empresas del Comercio e Industria del Metal de Madrid (AECIM) para la concesión directa de una subvención para la realización durante 2024 de acciones incluidas en el VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2021-2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 106

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 4 DE MAYO DE 2024

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Entre los mayores beneficios de esta actualización se incluye el de ofrecer una mejor funcionalidad y agilidad de mantenimiento y actualización del contenido, así como aumentar el
nivel de accesos y servicios de la misma, todo ello a través de un entorno gráfico atractivo.
— Tipo de actuación: actualización de la página web www.prevemetal.com tanto a
nivel de diseño del entorno gráfico.
— Temática: Mantenimiento y actualización de la página web para mejorar la búsqueda y selección de habilitadores técnicos para la solución de los problemas técnicos preventivos.
— Tipo de edición: Edición.
— Personal encargado: medios ajenos a AECIM.
Tercera
Recursos humanos propios de AECIM para la realización de las actuaciones
a desarrollar en ejecución del convenio
Para la realización de este proyecto se contará, al menos, con el personal que se relaciona a continuación para la correcta ejecución de las acciones del convenio:
— Un director del proyecto, cuya función es la de dirigir tanto el equipo técnico
como al administrativo y tres coordinadores del proyecto, cuya función es la de
coordinar los diferentes equipos técnicos, administrativo y de comunicación. Realizarán un conjunto máximo de 1.700 horas/año.
— Al menos seis técnicos en prevención de riesgos laborales cuyas funciones serán
la redacción de contenidos del material divulgativo, realización de 900 asesoramientos, 900 informes confidenciales, realización de seis informes globales, un
estudio referido a las condiciones de seguridad en portones en los centros de trabajo, así como un catálogo de empresas habilitadoras. Realizarán en conjunto un
máximo de 6.396 horas/año.
— Un técnico de comunicación cuya función será llevar a cabo las campañas de publicidad. Realizará un máximo de 943,5 horas/año.
— Al menos tres administrativos que realizará las funciones administrativas necesarias
para el buen desarrollo de las actuaciones. Realizarán un máximo de 2.929 horas/año.
Cuarta
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, siendo de aplicación lo establecido en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de
Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Por dicha naturaleza convencional se encuentra excluido del ámbito de aplicación de la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE
y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, de conformidad con lo establecido en el artículo 6.1
y 2 del mismo.
En base a lo anterior, y de conformidad con lo establecido en el artículo 48.7 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, el marco normativo de la presente subvención viene determinado por lo establecido en el artículo 4, apartados 5 c) y 6 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, y, en todo lo que constituya legislación básica del Estado, por la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, desarrollada por el Reglamento aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21
de julio, así como todos aquellos preceptos que sean aplicables supletoriamente, de conformidad con los previsto en el artículo 33 de la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid. Igualmente será de aplicación a la presente subvención lo establecido en el artículo 12 de la citada Ley 2/1995, de 8 de marzo en
todo aquello que respecta al régimen de control de subvenciones.
Quinta
Requisitos necesarios para la concesión de la ayuda
De conformidad con lo establecido en el art. 13, apartados 2 y 7, y en el art. 14.1.e) y
d) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como en el art. 8 de la Ley 2/1995, de 8 de

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