Madrid (BOCM-20240503-41)
Régimen económico. Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda. Extracto convocatoria subvenciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 3 DE MAYO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 105

BOCM-20240503-41

cional de publicidad de subvenciones. Además, se podrá consultar en la sede electrónica del
Ayuntamiento de Madrid ( https://sede.madrid.es ) y en la página web: www.madrid.es
Noveno. Justificación y pago de las subvenciones.—Las ayudas se otorgarán a las
solicitudes que cumplan con todos y cada uno de los requisitos establecidos, y se tramitarán por orden cronológico de entrada (día, hora, minuto y segundo) hasta agotar el crédito
disponible.
El importe de la subvención se abonará en un único pago, mediante transferencia a la
cuenta bancaria indicada por el beneficiario en la solicitud, después de la notificación del
decreto de concesión, sin necesidad de solicitud expresa.
La justificación de las subvenciones que se otorguen con arreglo a la presente convocatoria se realizará mediante la modalidad “cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto”, de acuerdo con lo especificado en los artículos 34, 35 y 38 OBRS. La justificación de la subvención se presentará con la solicitud de la subvención, de conformidad
con lo regulado en la base 10 de la convocatoria.
Madrid, a 12 de abril de 2024.—La delegada del Área de Gobierno de Economía,
Innovación y Hacienda, Engracia Hidalgo Tena.
(03/6.255/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791