D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20240502-2)
Convenio –  Convenio de 16 de abril de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, y el Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles de España, para la integración de servicios de bases gráficas
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE MAYO DE 2024

B.O.C.M. Núm. 104

quedas y obtener información relacionada con la componente geográfica de las fincas registrales, saber cuál es el registro competente para una dirección concreta o un punto situado en el
mapa y solicitar publicidad registral de la parcela catastral o finca registral que esté en dicho
punto. Permite, además, conocer las limitaciones administrativas, tanto urbanísticas como medioambientales, relativas a una porción del terreno. Del mismo modo, el CORPME cuenta con
un portal especifico de obtención de información registral para los supuestos de emergencias
denominado Portal Registral de Emergencias ( https://geoportal.registradores.org/emergency ).
VII. Ambas partes consideran de interés general establecer un canal de intercambio
de información en materia de bases gráficas, a los efectos de enriquecer la información disponible en sus respectivos sistemas, facilitando así a los ciudadanos el ejercicio de sus derechos y, a los Registradores de la Propiedad y la Administración autonómica, el ejercicio
de su función pública.
VIII. En virtud de lo expuesto, estando las partes de acuerdo en las condiciones por
las que se articulará la presente colaboración, han decidido formalizar el presente convenio,
el cual se regirá por las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del convenio
El presente convenio tiene por objeto establecer un canal de intercambio de información en formato gráfico entre las partes firmantes, a través del cual, se complementará la información que, en materia de justicia, información y atención al ciudadano, emergencias y
protección civil, datos abiertos, digitalización, estadística, ordenación del territorio y urbanismo, dominio público, medio ambiente, edificación, usos del suelo o titularidad de bienes inmuebles, obre en las bases de datos de cada una de ellas. Todo ello, en aras a lograr
la optimización de los servicios públicos que ambas instituciones desempeñan en beneficio
del interés general.
Segunda
La información que desde sus servicios facilitará el Colegio de Registradores a la Consejería Presidencia, Justicia y Administración Local, y al resto de Consejerías a través de
esta última, por conducto de las correspondientes direcciones generales implicadas, permitirá avanzar en el desarrollo de instrumentos que permitan facilitar el acceso digital a la información, y por lo que se refiere al ámbito específico de la ordenación del territorio, permitirá a su vez incorporar al Catálogo de Datos de la Infraestructura de Datos Espaciales de
la Comunidad de Madrid, un servicio WMS (Web Map Service), una capa gráfica sobre la
que figuran georreferenciadas las fincas registrales inscritas en los Registros de la Propiedad de los distritos hipotecarios de la región. La información registral mostrada permitirá,
exclusivamente, conocer al usuario, el Registro de la Propiedad en el que se encuentra inscrita y el código registral único (CRU) de la finca consultada, debiendo dirigirse, ya sea de
forma presencial o telemática, a dicho registro para obtener cualquier otra información sobre titularidades o derechos asociados a la misma.
Igualmente, se facilitará el acceso al Portal Registral de Emergencias, que permite la
consulta de información necesaria para que los afectados por incendios, inundaciones y
todo tipo emergencias acaecidas en la Comunidad de Madrid puedan acudir al Registro de
la Propiedad competente y obtener la información que necesiten.
Asimismo, el Colegio de Registradores facilitará a la Comunidad de Madrid, el acceso de forma telemática a información adicional de sus Registros que resulte necesaria para
el ejercicio de competencias propias de la Administración autonómica, tales como la relativa a la ordenación del territorio o el ejercicio de las competencias en materia de disciplina urbanística.
Por su parte, la Comunidad de Madrid, a través de las correspondientes consejerías,
permitirá al Colegio de Registradores acceder a la información obrante en sus servicios en
materia de ordenación del territorio y urbanismo, incluyendo las áreas sujetas, conforme a
la normativa reguladora de dichas materias, a especial protección, que impongan restricciones al régimen ordinario de disposición y aprovechamiento del dominio público, así como,
en su caso, a aquellas parcelas con expedientes abiertos en materia de disciplina urbanísti-

BOCM-20240502-2

Obligaciones de las partes