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Convenio –  Convenio de 17 de abril de 2024, entre el Museo Nacional del Prado y la Comunidad de Madrid, para la promoción turística de la Comunidad de Madrid, a través de la iniciativa “El Prado de noche” en el Museo del Prado
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 103

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 1 DE MAYO DE 2024

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En virtud de lo expuesto, y de conformidad con la exposición que antecede, ambas partes deciden suscribir el presente convenio, al amparo de los artículos 47 y siguientes de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que se regirá por las
siguientes:
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El objeto del presente convenio es articular la colaboración entre el Museo del Prado
y la Consejería en el marco de la apertura nocturna del Museo del Prado, en la actividad
“El Prado de noche”, que tendrá lugar el primer sábado de cada mes, desde la entrada en
vigor del convenio hasta el 5 de diciembre de 2024, en horario extraordinario de 20:30 horas a 23:00 horas, y que consiste en la visita libre a las salas del Museo del Prado (colección permanente o exposición temporal).
Segunda
El Museo del Prado asume las siguientes obligaciones:
— Conceptualización de la actividad y selección de salas de la colección permanente
y/o exposiciones temporales para la visita.
— Gestión de las 7 jornadas de apertura nocturna a efectos de seguridad e infraestructura, así como cualquier gasto derivado.
— Difusión de la actividad a través de los siguientes soportes:
d Materiales de comunicación: notas de prensa (× 7).
d 2 cuñas de publicidad en radio.
d Banners digitales (× 21).
d Exteriores del Museo:
Pantalla de información de acceso principal del público al Museo en la Puerta
de los Jerónimos (× 7).
d Interior del Museo:
Pantallas de información distribuidas en las zonas de acceso al Edificio Villanueva (× 7).
— Campaña en las redes sociales del Museo:
d Inserciones Instagram (× 14).
d Publicación en X-Twitter (× 14).
d Interior del Museo:
Pantallas de información distribuidas en las zonas de acceso al Edificio Villanueva (× 7).
d Incluir la presencia de representantes de la Consejería junto con los representantes del Museo del Prado en los actos de presentación, inauguración y actos
de comunicación de las acciones convenidas, si las hubiere, de acuerdo a sus
características y protocolo exigido.
— Incluir el nombre o logotipo de la Comunidad de Madrid junto con las palabras
“con la colaboración de”, previa autorización en:
d Convocatorias de prensa, notas de prensa, así como entrevistas, artículos, etc.,
en los que se pida su colaboración.
d Material de difusión y publicidad de las acciones convenidas, en diálogo con la
Consejería.
d Página web de la actividad. También se incluirá el enlace a la web de promoción turística de la región de Madrid.
d Señalética interna y externa donde se publicite la actividad.
En cualquier caso, la utilización del logotipo requerirá la autorización expresa y
previa de la Consejería-Dirección General de Turismo y Hostelería, con al menos 48 horas de antelación.
— Además de lo anterior, el Museo se compromete a ofrecer a la Comunidad de
Madrid:
d 4 visitas guiadas, en horario de apertura al público, para grupos de hasta 20
personas.

BOCM-20240501-6

Obligaciones del Museo del Prado