D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240501-7)
Convenio –  Convenio de 17 de abril de 2024, entre la Comunidad de Madrid y la Asociación Academia de las Artes Escénicas de España, para la realización conjunta de la Gala de Entrega de la II Edición de los “Premios Talía”, a celebrar el 22 de abril de 2024
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 103

MIÉRCOLES 1 DE MAYO DE 2024

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tubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como al Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid, para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.
2. Las controversias que surjan entre las partes sobre los efectos, interpretación, modificación o resolución del convenio que no sean objeto de conciliación en el seno de la comisión de seguimiento a que se refiere la estipulación sexta, serán sometidas a los tribunales competentes de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
3. Ninguna cláusula de este convenio podrá ser interpretada en un sentido que menoscabe el ejercicio de las competencias legalmente atribuidas a la Comunidad de Madrid.
Décima
Protección de datos
Las partes se comprometen a cumplir con la legislación vigente en materia de protección de datos y cada una de las partes asumirá la responsabilidad en que, por este concepto, pueda incurrir.
En particular, si la colaboración objeto del presente convenio implicase el tratamiento
de datos personales, las partes declaran expresamente que conocen y quedan obligadas a
cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente protocolo.
Especialmente, las partes se comprometen al cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el deber de información a los titulares de los datos personales, con el deber de
confidencialidad, con las medidas de seguridad, y con la notificación de brechas de seguridad que pudieran producirse, así como al cumplimiento de las que se contengan en el correspondiente acuerdo de encargo de tratamiento a firmar entre el responsable del tratamiento y el encargado del mismo, si lo hubiera.
Estas obligaciones deberán ser conocidas por todos aquellos que pudieran participar
en las actuaciones derivadas del presente convenio, comprometiéndose las partes a informar a los mismos.
Undécima
Vigencia del convenio

BOCM-20240501-7

El presente convenio estará en vigor desde la fecha de su suscripción por el último de
los firmantes hasta el cumplimiento de las obligaciones de las partes, esto es, la realización
de todas las actividades de la II Edición de los “Premios Talía” y, en todo caso, hasta el 31
de diciembre de 2024, sin posibilidad de prórroga.
Y para que así conste, ambas partes firman el presente convenio en la fecha indicada.
Madrid, a 17 de abril de 2024.—Por la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de
la Comunidad de Madrid, P. D. (Orden 1389/2021, de 16 de noviembre; BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de noviembre), el Viceconsejero de Cultura, Turismo y Deporte, Carlos Daniel Martínez Rodríguez.—Por la Asociación Academia de las Artes Escénicas de España, la Presidenta, Cayetana Guillén Cuervo.
(03/6.062/24)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791