Tres Cantos (BOCM-20240430-81)
Urbanismo. Plan parcial
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Pág. 378
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 30 DE ABRIL DE 2024
B.O.C.M. Núm. 102
En cuanto a la gestión del servicio de riego con agua regenerada, con fecha de 20 de
junio de 2006 el Ayuntamiento de Tres Cantos y el Canal de Isabel II suscribieron
un Convenio Administrativo para el Suministro de Agua Reutilizable para el Riego de Zonas Verdes de Uso Público, en el que se establecen los compromisos y
responsabilidades de ambas partes en cuanto a la tramitación, ejecución y financiación de las instalaciones requeridas para el suministro de agua regenerada para
el riego de las zonas verdes de uso público del municipio de Tres Cantos. Al Convenio le acompañó el Plan Director de Suministro de Agua de Riego del Término
Municipal de Tres Cantos, de abril de 2006, en el que no se contempló el suministro de agua para el riego de las zonas verdes de la UE-5.
Las medidas indicadas se recogen en el epígrafe 6.2.1.3. Medidas para la protección
de las aguas superficiales y subterráneas del presente DAE y se ha trasladado al Capítulo 7. Medidas de protección ambiental y medidas de la Red Natura 2000 del Bloque III. Normativa, del Plan Parcial de Reforma Interior.
En cuanto a la planificación y prestación del suministro de agua para riego de las
zonas verdes públicas de la actuación, éste deberá ser definido en base a lo requerido por el Ayuntamiento de Tres Cantos. En el caso de que se solicite el suministro de agua desde la red de riego gestionada por el Canal de Isabel II, S. A., éste se
realizará a través de una conexión CR1 a ejecutar en el testero de la tubería de diámetro 300 mm y FD que discurre por la Avenida de los Montes; de la que partirá
una tubería de diámetros 300/100 mm que deberá discurrir por viario y/o espacios
públicos no edificables. El material de la tubería a ejecutar deberá ser compatible
con el de las conducciones existentes. En caso contrario, serán los servicios técnicos municipales quienes informes al respecto.
Canal de Isabel II, adjunta un plano para el caso de que el suministro de agua de
riego se realice desde la red gestionada por el Canal de Isabel II, S. A. En el mismo se localiza la actuación, el testero de la tubería de diámetro 300 mm y el punto de conexión CR1, así como una propuesta de trazado de la tubería a ejecutar por
los promotores.
En relación con la prestación del servicio, y en el caso de que éste se vaya a realizar
desde la red de riego con agua regenerada gestionada por el Canal de Isabel II, S. A.,
el suministro quedará condicionado a la incorporación de las zonas verdes públicas de la actuación en la Autorización de Vertido emitida por la Confederación Hidrográfica del Tajo a la EDAR Tres Cantos. La tramitación administrativa para su
modificación deberá ser realizada por el Canal de Isabel II, S. A., como gestor de
la infraestructura. Hasta la resolución de dicho trámite administrativo, y para las
zonas verdes con superficie bruta inferior a 1,5 ha, se podrá valorar la prestación
de un servicio temporal y transitorio de suministro de agua para el riego desde la
red de distribución de agua de consumo humano a ejecutar por los promotores.
Para estos casos, las redes de riego e instalaciones que se puedan ejecutar deberán
cumplir la normativa vigente de Canal de Isabel II, siendo las redes independientes de la red de distribución y disponiendo de una única acometida con contador.
Por último, y siempre y cuando el suministro se realice desde la red de riego gestionada por el Canal de Isabel II, S. A., el Proyecto a redactar deberá recoger la
conexión CR1 y deberá cumplir las vigentes Normas para Redes de Reutilización
del Canal de Isabel II (2020). Igualmente, el Proyecto deberá remitirse al Área de
Planeamiento del Canal de Isabel II, S. A., para, si procede y tras la revisión de la
documentación aportada, comenzar la tramitación de la Conformidad Técnica. En
caso contrario, serán los servicios técnicos municipales los que revisen e informen
el Proyecto.
El Plan Parcial de Reforma Interior recoge, en el caso de que el suministro se realice desde la red de riego gestionada por el Canal de Isabel II, S. A., la necesidad de
que el proyecto de urbanización recoja la conexión CR1 y el cumplimiento de las
vigentes normas para redes de reutilización del Canal de Isabel II (2020), así como
su remisión al área de Planeamiento del Canal de Isabel II, S. A. En caso contrario, la revisión será competencia de los Servicios Técnicos Municipales. Todo ello
queda recogido en el epígrafe 6.2.1.1. Medidas para la mitigación y adaptación al
cambio climático, dentro de las medidas de ahorro efectivo y disminución del consumo de agua en espacios libres y zonas verdes, así como en el Capítulo 7. Medidas
de protección ambiental y medidas de la Red Natura 2000 del Volumen 2. Normativa urbanística, del Bloque III. Documentación normativa.
BOCM-20240430-81
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 30 DE ABRIL DE 2024
B.O.C.M. Núm. 102
En cuanto a la gestión del servicio de riego con agua regenerada, con fecha de 20 de
junio de 2006 el Ayuntamiento de Tres Cantos y el Canal de Isabel II suscribieron
un Convenio Administrativo para el Suministro de Agua Reutilizable para el Riego de Zonas Verdes de Uso Público, en el que se establecen los compromisos y
responsabilidades de ambas partes en cuanto a la tramitación, ejecución y financiación de las instalaciones requeridas para el suministro de agua regenerada para
el riego de las zonas verdes de uso público del municipio de Tres Cantos. Al Convenio le acompañó el Plan Director de Suministro de Agua de Riego del Término
Municipal de Tres Cantos, de abril de 2006, en el que no se contempló el suministro de agua para el riego de las zonas verdes de la UE-5.
Las medidas indicadas se recogen en el epígrafe 6.2.1.3. Medidas para la protección
de las aguas superficiales y subterráneas del presente DAE y se ha trasladado al Capítulo 7. Medidas de protección ambiental y medidas de la Red Natura 2000 del Bloque III. Normativa, del Plan Parcial de Reforma Interior.
En cuanto a la planificación y prestación del suministro de agua para riego de las
zonas verdes públicas de la actuación, éste deberá ser definido en base a lo requerido por el Ayuntamiento de Tres Cantos. En el caso de que se solicite el suministro de agua desde la red de riego gestionada por el Canal de Isabel II, S. A., éste se
realizará a través de una conexión CR1 a ejecutar en el testero de la tubería de diámetro 300 mm y FD que discurre por la Avenida de los Montes; de la que partirá
una tubería de diámetros 300/100 mm que deberá discurrir por viario y/o espacios
públicos no edificables. El material de la tubería a ejecutar deberá ser compatible
con el de las conducciones existentes. En caso contrario, serán los servicios técnicos municipales quienes informes al respecto.
Canal de Isabel II, adjunta un plano para el caso de que el suministro de agua de
riego se realice desde la red gestionada por el Canal de Isabel II, S. A. En el mismo se localiza la actuación, el testero de la tubería de diámetro 300 mm y el punto de conexión CR1, así como una propuesta de trazado de la tubería a ejecutar por
los promotores.
En relación con la prestación del servicio, y en el caso de que éste se vaya a realizar
desde la red de riego con agua regenerada gestionada por el Canal de Isabel II, S. A.,
el suministro quedará condicionado a la incorporación de las zonas verdes públicas de la actuación en la Autorización de Vertido emitida por la Confederación Hidrográfica del Tajo a la EDAR Tres Cantos. La tramitación administrativa para su
modificación deberá ser realizada por el Canal de Isabel II, S. A., como gestor de
la infraestructura. Hasta la resolución de dicho trámite administrativo, y para las
zonas verdes con superficie bruta inferior a 1,5 ha, se podrá valorar la prestación
de un servicio temporal y transitorio de suministro de agua para el riego desde la
red de distribución de agua de consumo humano a ejecutar por los promotores.
Para estos casos, las redes de riego e instalaciones que se puedan ejecutar deberán
cumplir la normativa vigente de Canal de Isabel II, siendo las redes independientes de la red de distribución y disponiendo de una única acometida con contador.
Por último, y siempre y cuando el suministro se realice desde la red de riego gestionada por el Canal de Isabel II, S. A., el Proyecto a redactar deberá recoger la
conexión CR1 y deberá cumplir las vigentes Normas para Redes de Reutilización
del Canal de Isabel II (2020). Igualmente, el Proyecto deberá remitirse al Área de
Planeamiento del Canal de Isabel II, S. A., para, si procede y tras la revisión de la
documentación aportada, comenzar la tramitación de la Conformidad Técnica. En
caso contrario, serán los servicios técnicos municipales los que revisen e informen
el Proyecto.
El Plan Parcial de Reforma Interior recoge, en el caso de que el suministro se realice desde la red de riego gestionada por el Canal de Isabel II, S. A., la necesidad de
que el proyecto de urbanización recoja la conexión CR1 y el cumplimiento de las
vigentes normas para redes de reutilización del Canal de Isabel II (2020), así como
su remisión al área de Planeamiento del Canal de Isabel II, S. A. En caso contrario, la revisión será competencia de los Servicios Técnicos Municipales. Todo ello
queda recogido en el epígrafe 6.2.1.1. Medidas para la mitigación y adaptación al
cambio climático, dentro de las medidas de ahorro efectivo y disminución del consumo de agua en espacios libres y zonas verdes, así como en el Capítulo 7. Medidas
de protección ambiental y medidas de la Red Natura 2000 del Volumen 2. Normativa urbanística, del Bloque III. Documentación normativa.
BOCM-20240430-81
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