Tres Cantos (BOCM-20240430-81)
Urbanismo. Plan parcial
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B.O.C.M. Núm. 102

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 30 DE ABRIL DE 2024

plantada. Al realizar esta retirada, es importante evitar que el horizonte orgánico
se mezcle con otros de peores características.
— Se minimizará el tiempo trascurrido entre el acopio de tierra vegetal y su utilización para evitar la pérdida de propiedades de la tierra almacenada y la erosión de
las superficies desnudas.
— Los materiales se depositarán en caballones con la altura adecuada con el fin de facilitar su aireación y evitar su compactación. La geometría de estos caballones se
modelará para evitar erosiones o retención de agua, y se cubrirán para evitar el
desprendimiento de polvo.
— Para proporcionar un buen contacto entre las sucesivas capas del terreno, si el material existente está muy compactado, se realizará un escarificado superficial (5-15 cm
de profundidad) de la capa superficial antes de cubrirla con la tierra vegetal. Estas
operaciones mejoran la infiltración del agua, evitan el deslizamiento de las capas de
tierra y facilitan la penetración de las raíces.
7.3.6. Medio hídrico.
— Durante la ejecución de las obras se prohibirán los acopios de tierra junto al cauce
innominado presente en el interior del ámbito UE-5, estableciendo una distancia
mínima para estos acopios de 50 metros, con el fin de evitar el arrastre y deposición de material sobre su superficie; asimismo se evitará la acumulación de los
materiales sobrantes de la ejecución de esta actividad sus inmediaciones.
— Al objeto de reducir al mínimo posible las consecuencias derivadas de los episodios de contaminación de las aguas en el ámbito de estudio, será necesario que,
previamente al desarrollo de las obras, se definan los medios de contención a emplear, en caso de detectarse cualquier vertido accidental.
— Del mismo modo, deberá contemplarse la colocación de barreras de sedimentos en
aquellos puntos que se consideren oportunos para evitar la llegada de sedimentos
procedentes del movimiento de tierras al arroyo.
— Queda completamente prohibido el vertido a las aguas de aceites, combustibles,
restos de hormigonado, escombros, etc. Asimismo, queda prohibido llevar a cabo
cambios de aceite o lavado de la maquinaria fuera de las zonas destinadas a tal fin.
— Si, pese a la consideración de estas medidas de prevención, llegara a producirse un
vertido accidental, deberá retirarse de forma inmediata el suelo contaminado y entregarse a la mayor brevedad posible a un gestor autorizado; en caso de que este
vertido llegara a alcanzar un curso de agua, se pondrán en marcha las medidas de
contención adecuadas para evitar en lo posible la dispersión de la sustancia contaminante por el medio hídrico.
7.3.7. Vegetación.
— Se deberá dar cumplimiento a las prescripciones establecidas en la Ley 8/2005,
de 26 de diciembre, de Protección y Fomento del Arbolado Urbano de la Comunidad de Madrid.
— Se deberán tener en cuenta las consideraciones a adoptar en relación al trasplante
de arbolado y compensaciones por tala indicadas en el capítulo 6 del estudio de arbolado que se incluye dentro del Bloque II. Documentación ambiental, del Plan
Parcial de Reforma Interior de la UE-5, así como a lo recogido en la Ordenanza
de Protección del Arbolado del Ayuntamiento.
— Para evitar cualquier daño no previsto a pies arbóreos durante la obra, se establecen las siguientes medidas de protección:
d A aquellos ejemplares susceptibles de ser afectados por desmontes o excavaciones, no se les eliminará más de un 30 por 100 de su sistema radical. En caso de que
la afección supere dicho porcentaje, se recomienda su trasplante, o bien su tala.
d En el caso del arbolado aislado, se procederá a su protección durante la realización de las obras; para ello, previamente al comienzo de los trabajos, deberán
protegerse los árboles, sin tocar las raíces, con elementos de protección en el
perímetro de su tronco y a lo largo del mismo, en función de su altura, y como
máximo a 3,00 metros desde el suelo, con tablones, protectores metálicos o de
goma, aislamientos, etc. con el fin de evitar que se les ocasionen daños y particularmente no se deben clavar grapas, clavos o similares. Estas protecciones
se retirarán una vez finalizadas las obras y desaparecido el peligro de dañarlos.
d Por otra parte, cuando sea necesario abrir hoyos o zanjas próximas a árboles existentes, la excavación no deberá aproximarse al pie del árbol más de una distancia

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BOCM-20240430-81

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