Tres Cantos (BOCM-20240430-81)
Urbanismo. Plan parcial
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 102

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 30 DE ABRIL DE 2024

Pág. 301

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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TRES CANTOS
URBANISMO

Expediente: 21PD0004. Plan parcial para la ordenación de la UE.5, promovido por
Arakal Business, S. L., aprobación definitiva.
El Pleno Municipal del Ayuntamiento de Tres Cantos, en sesión celebrada el 20 de marzo de 2023, ha adoptado el acuerdo número 23/2024, cuya parte dispositiva es la siguiente:
“1. Avocar la competencia delegada en la Junta de Gobierno Local en relación con
el pronunciamiento recogido en el siguiente apartado 2.
2. Desestimar las alegaciones presentadas durante el trámite de información Pública
por los motivos expuestos en el Anexo I, a excepción de la relativa al apartado 1.8.1 del Estudio E-5 que se ha tomado en consideración, notificando la resolución que se adopte y su
motivación a cada uno de los alegantes.
3. Aprobar definitivamente el Plan Parcial para la ordenación de la UE.5, documento
en versión definitiva presentado el 4 de marzo de 2024 (RE 6787/2024), y bloques II y III presentados el 14 de marzo de 2024 (RE 7991/2024), incorporando estos últimos exclusivamente, respecto a los aportados el 4 de marzo de 2024, las medidas de protección ambiental
derivadas de los informes sectoriales y del Informe Ambiental Estratégico, aprobación sometida a las condiciones derivadas de dichos informes, todos ellos incluidos en el expediente y que se dan por reproducidos.
Se aprueba igualmente con las siguientes correcciones, que deberán ser recogidas en
el documento que debe presentar el promotor para su remisión al Registro Administrativo
de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística y para su remisión al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y al Portal de Transparencia:

4. Remitir un ejemplar del documento íntegro y completo con las correcciones señaladas en el acuerdo de aprobación definitiva, al Registro Administrativo de la Consejería
competente en materia de ordenación urbanística.
5. Publicar el acuerdo de aprobación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con indicación de haber procedido a su depósito conforme al punto anterior, así como la documentación normativa con las correcciones señaladas en el
acuerdo de aprobación definitiva, para su entrada en vigor.
6. Publicar en el portal de transparencia el acuerdo de aprobación definitiva, el documento íntegro y completo aprobado definitivamente, debidamente diligenciado y con las
correcciones señaladas en el acuerdo de aprobación definitiva, así como todos los informes
sectoriales emitidos por las Administraciones y organismos competentes.
7. Remitir a la Dirección General de Telecomunicaciones y Ordenación de los Servicios de Comunicación Audiovisual del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación
Digital, un ejemplar del Plan Parcial aprobado definitivamente con las correcciones efectuadas
en el mismo derivadas de su informe remitido el 8 de septiembre de 2022 (RE 29069/2022).
8. Comunicar al promotor que, según lo establecido en el Informe Ambiental Estratégico remitido el 11 de septiembre de 2023 (RE 30850/2023 y RE 30851/2023), durante la
aplicación y ejecución del Plan deberá remitir a su vez, al Ayuntamiento de Tres Cantos,
un informe de seguimiento sobre el cumplimiento de dicho Informe.

BOCM-20240430-81

— El Dominio Público Hidráulico no forma parte de ninguna red pública supramunicipal. Dicha definición deberá ser corregida en todos aquellos documentos del
Plan Parcial en que aparezca así recogida, especialmente en el Bloque III, apartado 1.6.3 y apartado 1.9 del Volumen I; apartados 1.5.1, 1.5.2, 3.2 y 3.4 del Volumen II, y en la documentación gráfica correspondiente (Plano O.5.4 y Plano O.8).
— Los usos industriales corresponden a áreas acústicas tipo V (especialmente ruidosas)
lo cual deberá ser corregido en todos aquellos documentos del Plan Parcial en que
aparezca así recogido, especialmente en el Bloque III. Apartados 2.6, 7.1.2 y 7.2.3 del
Volumen II y en la documentación gráfica correspondiente (Plano O.8).