Alcalá de Henares (BOCM-20240429-62)
Urbanismo. Plan especial
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 214

LUNES 29 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 101

1.5. Descripción y características de las infraestructuras.
De acuerdo con lo expuesto, el Plan Especial es el instrumento de ordenación adecuado para plantear la ejecución de un nuevo acceso para la parcela sita en el Sector 30-A, Avenida de Daganzo, número 33, a través de la parcela 15 A del Sector 30-0, espacio de dominio y uso público-zona verde municipal, junto a la dotación de un frente superior al mínimo
de 20 metros a espacio público, concretamente a la parcela de dominio y uso público de cesión-zona verde con la que colinda y por la que tiene acceso, para ser considerada como solar, siendo una condición pormenorizada recogida en el planeamiento; la adecuación de la
Colada de Montesinos en el tramo que atraviesa la parcela 15 A del Sector 30-D y el nuevo acceso propuesto, reponiendo la vía pecuaria en el resto de la parcela municipal, así
como la recuperación paisajística de la parcela 15 A.
1.5.1. Descripción del nuevo acceso:
Se define el nuevo acceso a través de la parcela 15 A hasta la Avenida de Daganzo,
con dos viales, uno de entrada y otro de salida, con sus respectivos carriles de salida e incorporación a la Avenida de Daganzo.
Dichos carriles se plantean para la mejora del viario municipal, permitiendo la entrada y salida de la parcela respetando las medidas de seguridad necesarias y una correcta
circulación de los vehículos en el acceso propuesto.
El nuevo acceso, además, dotará a la Parcela de un frente mínimo superior a 20 metros
lineales considerados y sumados los metros colindantes con las parcelas municipales de dominio y uso público-zona verde y el frente del nuevo vial de acceso, otorgándole la condición de solar, en relación a las Normas Urbanísticas del PGOU de Alcalá de Henares, que
en su artículo 6.11.5 de la Ordenanza 12 de Industria Exenta exige un frente mínimo de 20
metros, en relación con el artículo 14.1.a) LSM que exige que las parcelas con condición
de solar tengan una parte de dicho frente a la vía pública, según sucede en la parcela privada edificable 30A.
En el siguiente plano de ordenación (O-4) se resumen las distintas actuaciones planteadas por el Plan Especial:

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— Grafiado en azul, se encuentra el acceso nuevo propuesto para la parcela privada,
que ocupa una superficie de 1.930,66 m2 de la parcela 15A del Sector 30-D, y que
le concede un frente suficiente a espacio de uso y dominio público para su consideración como solar edificable.

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