Alcalá de Henares (BOCM-20240429-62)
Urbanismo. Plan especial
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 101

— Gestión en materia de residuos:
d Se elaborará un Plan de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición
que garantice el cumplimiento legal en materia de residuos.
d Se segregarán los residuos generados en obra, en contenderos por tipología de
residuo.
d Se deberán utilizar los residuos considerados como reutilizables conforme a
las especificaciones de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos
contaminados.
d Los residuos generados durante la fase de explotación se gestionarán de
acuerdo a su naturaleza, según establece la Ley 22/2011, de 28 de julio, de
Residuos y Suelos Contaminados y la Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid.
— Calidad del aire y cambio climático. Con la finalidad de reducir el consumo de
agua para riego, el diseño de las zonas ajardinadas se realizará incorporando los
conceptos y técnicas de la xerojardinería y tratando de conseguir una cubierta vegetal lo más autosostenible que sea posible.
Las medidas particulares en fase de obra en esta materia son las siguientes:
d Cubrimiento de los camiones de transporte de material térreo.
d Riego de superficies térreas. La periodicidad de los riesgos se adaptará a las características del suelo y a las condiciones meteorológicas, siendo más intensos
en las épocas de menores precipitaciones.
d Con objeto de mantener los niveles de emisiones gaseosas producidas por el
funcionamiento de los vehículos de motor y de la maquinaria de ejecución de
las obras por debajo de los límites legales, se asegurará su buen estado de funcionamiento.
d Se aplicará la normativa vigente en esta materia, relativa al control de emisiones de dióxido de nitrógeno, partículas, humos negros y otros contaminantes
como monóxido de carbono, la reducción de emisiones de precursores de ozono troposférico (O 3) y sus consiguientes repercusiones sobre la salud y el medio ambiente; y la reducción de NO × y HC para evitar los daños causados al
medio ambiente por la acidificación.
— Protección del medio nocturno:
d Se estará a lo dispuesto en las ordenanzas municipales en cuanto a los trabajos
en horario nocturno.
d Las luminarias a instalar en la zona de obras contarán con lámparas de alta eficiencia, así como con dispositivos que eviten que puedan quedarse encendidas
cuando no sea necesaria la iluminación artificial.
d El posicionamiento y la orientación de las luminarias a instalar en la zona de
obras se deberán planificar con detalle para evitar deslumbramientos y permitir el descanso nocturno de los residentes próximos.
d El haz de luz de las luminarias se deberá dirigir en sentido descendente. En caso
de no ser posible dirigir en sentido descendente la iluminación, se deberán emplear pantallas para evitar la dispersión del haz luminoso.
d Se priorizará la implantación de báculos con luminarias a doble altura que permitan alumbrados independientes de diversas zonas.
d El color utilizado para la iluminación de la obra no debe cambiar o influir en la
noción de la señalética de los viarios próximos circundantes.
Dichas medidas se tomarán en consideración a las condiciones impuestas por el Informe Ambiental Estratégico favorable al Plan Especial, emitido por la Directora General de
Transición Energética y Economía Circular de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de Madrid, el 4 de septiembre de 2023. Se adjunta dicho informe como Anexo 7.
El Informe Ambiental Estratégico al presente Plan Especial, acompañaba varios informes sectoriales adjuntos al mismo.
Se adjuntan igualmente al presente documento los siguientes informes:
— Informe emitido por Madrileña Red de Gas, S. A. U. y anexos al mismo. Anexo 8.
— Informe emitido por I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U. Anexo 9.
— Informe emitido por Jazztel-France Telecom España, S. A. Anexo 10.
— Informe de Canal de Isabel 11. Anexo 11.

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