D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20240429-32)
Convenio –  Convenio de 22 de marzo de 2024, entre el Servicio Madrileño de Salud y Cruz Roja Española, para el desarrollo del programa de adherencia terapéutica para la atención de personas mayores de 18 años, que tienen dificultad para realizar un seguimiento adecuado de su plan terapéutico debido a factores y determinantes sociales en su salud
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 101

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE ABRIL DE 2024

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terio de entrada de ciudadanos en el programa será exclusivamente por orden de solicitud
de participación en el mismo.
3. Cruz Roja realizará un reporte mensual a trabajo social de participantes derivados
y que entran en el circuito y tendrá en cuenta informe social sanitario de trabajo social del
centro de salud en caso de personas que se valore que precisan ser priorizadas por su situación social y sanitaria.
Sexta
Financiación
La ejecución del presente convenio no generará obligaciones económicas ni contraprestaciones financieras para el Servicio Madrileño de Salud.
Por parte de Cruz Roja, el presupuesto previsto es el siguiente:
— Personal coordinación: 2.302,88 euros.
— Personal técnico: 13.630,56 euros.
— Uniformidad: 232,48 euros.
— Compras materiales*: 8.235,44 euros.
— Formación interna: 200,00 euros.
— Gastos asistencia social: 200,00 euros.
— Desplazamientos equipo técnico: 100,00 euros.
— Desplazamiento personal voluntario: 200,00 euros.
— Material de oficina: 100,00 euros.
— Otros gastos viaje: 100,00 euros.
— Publicidad (folletos): 500,00 euros.
Total: 25.801,36 euros.
* La compra de materiales incluyen todos los elementos para el desarrollo de las actividades y talleres (por ejemplo, pastilleros, recordatorios de medicación, pulseras de seguimiento de actividad, material fungible, elementos para el fomento de la actividad física,
etc.).
Cruz Roja correrá con la financiación íntegra de las prestaciones que se pudieran derivar del presente convenio.
Séptima
Comunicación
Fuera del objeto del presente convenio, las partes no podrán utilizar su nombre, logotipo o emblema, salvo previa autorización por escrito.
Octava
Vigencia y prórroga

Novena
Extinción del convenio
Son causas de extinción del convenio:
a) El acuerdo unánime y escrito de todos los firmantes.
b) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

BOCM-20240429-32

El convenio estará vigente desde el momento de su firma, y estará vigente hasta el
día 31 de diciembre de 2024, o hasta que se agote el presupuesto destinado por Cruz Roja.
Se entenderá que el día de su firma es aquel en que el mismo haya sido suscrito por el
último de los firmantes.
La vigencia del convenio podrá prorrogarse por períodos anuales hasta un máximo de
cuatro años más mediante acuerdo unánime y escrito de las partes.
La no prórroga del convenio no conllevará la expulsión automática de los pacientes
que estuvieran participando en el programa de adherencia terapéutica, quienes seguirán en
el mismo hasta la finalización de todas las fases de intervención que tuvieran previstas.