D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20240429-32)
Convenio –  Convenio de 22 de marzo de 2024, entre el Servicio Madrileño de Salud y Cruz Roja Española, para el desarrollo del programa de adherencia terapéutica para la atención de personas mayores de 18 años, que tienen dificultad para realizar un seguimiento adecuado de su plan terapéutico debido a factores y determinantes sociales en su salud
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 101

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Sanidad
SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
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CONVENIO de 22 de marzo de 2024, entre el Servicio Madrileño de Salud y
Cruz Roja Española, para el desarrollo del programa de adherencia terapéutica para la atención de personas mayores de 18 años, que tienen dificultad para
realizar un seguimiento adecuado de su plan terapéutico debido a factores y determinantes sociales en su salud.
REUNIDOS

De una parte, Dña. Laura Gutiérrez Barreno, Viceconsejera de Sanidad y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, nombrada mediante Decreto 257/2023, de 22 de noviembre, del Consejo de Gobierno, en nombre y representación del Servicio Madrileño de
Salud, actuando en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 1.2 del Decreto 246/2023,
de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica del Servicio Madrileño de Salud de la Comunidad de Madrid, el artículo 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del
Servicio Madrileño de Salud y el Acuerdo del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud, de 9 de mayo de 2008, ratificado en su reunión de 17 de junio de 2020, por
el que se delegan determinadas competencias en materia de convenios.
De otra, D. Francisco Gabriel Sánchez Parodi, actuando en nombre y representación
de Cruz Roja Española, con CIF: Q-2866001G, en calidad de Secretario Autonómico, domiciliada en la calle Muguet, número 7, 28044 de Madrid (en adelante, Cruz Roja), y en
virtud de poder otorgado el 11 de julio de 2019, ante D. Ignacio Gil-Antuñano Vizcaíno,
Notario de Madrid, con número 3.178 de su protocolo.
Las partes, en la calidad en que intervienen en este acto, se reconocen la capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio y, a tal efecto,
MANIFIESTAN
Primero
Que el Servicio Madrileño de Salud, en virtud de lo previsto en el artículo 4 del Decreto 24/2008, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el régimen
jurídico y de funcionamiento del mismo, es el organismo encargado de la atención integral
de la salud en todos los ámbitos asistenciales.

Que de conformidad con el artículo 60 de la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid, el Servicio Madrileño de Salud tiene entre
sus fines: la coordinación de la Red Sanitaria Única de Utilización Publica del Sistema Sanitario de la Comunidad de Madrid para la optimización de todos los recursos disponibles, la
integración de las actuaciones relativas a la protección y mejora de la salud de la población y
la promoción de la humanización en todos los centros sanitarios de utilización pública de la
Comunidad de Madrid, manteniendo el máximo respeto a la dignidad de la persona, la libertad individual y a los derechos humanos contando para ello con una organización adecuada
que permita la atención integral de la salud del individuo, comprensiva tanto de la promoción
de la salud y la prevención de la enfermedad, como de las acciones curativas y rehabilitadoras necesarias, que colabore en la reinserción social, en el ámbito de la Red Sanitaria Única
de Utilización Pública.
Dentro de las actuaciones relativas a la protección y mejora de la salud de la población
que lleva a cabo el Servicio Madrileño de Salud, se encuentra el fomento de la adherencia
terapéutica. La mala adherencia terapéutica es un factor de riesgo para la salud, especial-

BOCM-20240429-32

Segundo