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Convenio –  Convenio de 13 de marzo de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) y el Consejo General de Procuradores de España, para la prestación del turno de oficio en el ejercicio 2024
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 101

quiridos, según lo previsto en el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 10.1) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
3. La justificación de los gastos y de las actuaciones objeto de este convenio deberá
efectuarse a lo largo de los 15 días siguientes al de la finalización del mes de que se trate,
salvo el correspondiente al mes de diciembre que habrá de justificarse antes del 15 de diciembre de 2024. Para ello, el CGPE deberá presentar a la Dirección General de Recursos
Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia la documentación que se relaciona en el apartado 1 de la cláusula segunda de este convenio.
4. En ningún caso el importe de esta subvención podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones de otras entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales, supere el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario.
5. Dicha subvención no será incompatible con la percepción de otras subvenciones,
ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes, públicos o privados, o de sus socios. No obstante, de conformidad con lo
dispuesto en artículo 19.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de
la actividad subvencionada.
6. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones concedidas por cualquier
entidad pública o privada, nacional o internacional, podrá dar lugar a la modificación de la
subvención otorgada.
Cuarta
Reintegros
Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y el correspondiente interés de demora desde el momento del pago de la subvención y en la cuantía fijada en el artículo 32 de
la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid,
en los supuestos recogidos en el artículo 11 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
Quinta
Financiación específica para el año 2024
1. La Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, a través de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, con
el objeto de financiar las actuaciones incluidas dentro de ámbito de aplicación de este convenio, conforme a la cláusula primera del mismo, realizadas en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024, abonará al CGPE, la cantidad máxima de
cuatrocientos mil euros (400.000 euros) que, en concepto de subvención, figura asignada a
su favor en la Ley 15/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024.
2. Dicho importe se imputará con cargo al Subconcepto 44509 - Al Consejo General de los Procuradores de España: turno de oficio - del Programa 112B de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024.
Sexta
Creación y composición: se creará una Comisión de Seguimiento del presente convenio compuesta por los siguientes miembros:
— Presidencia: le corresponderá al titular de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia o persona en la que éste delegue.
— Tres vocales: una persona designada por parte de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, otra persona por
parte del CGPE y otra por parte del Ilustre Colegio de Procuradores de Madrid.
— Secretaría: estará ocupada por un/a funcionario/a de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia.

BOCM-20240429-27

Comisión de Seguimiento