D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20240429-53)
Convenio –  Convenio de 11 de abril de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior y la fundación del toro de lidia para la puesta en marcha de la fiesta del toro de la Comunidad de Madrid 2024
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 101

IV.4. Ganaderías
Las ganaderías cuyas reses serán lidiadas en los festejos del Circuito han sido seleccionadas por el CAT.
En caso de que las reses seleccionadas no superaran el reconocimiento, el empresario
deberá sustituir las reses correspondientes por otras, a ser posible, de la misma ganadería.
En caso de que ello no fuera posible, el CAT seleccionará otra ganadería.
La contratación de las reses para cada festejo la realizará directamente el empresario
de cada plaza teniendo en cuenta lo dispuesto en los párrafos anteriores.
V. Derechos y obligaciones de los participantes del Circuito
Los participantes del Circuito tendrán los derechos y deberán cumplir con las obligaciones que se indican a continuación para cada uno de ellos. El incumplimiento de las obligaciones que le corresponden dará derecho a la Organización a exigir su cumplimiento o
expulsarlos del Circuito, con la indemnización por daños y perjuicios que corresponda en
cualquiera de los casos.

V.1.a. Obligación de participación.
Los novilleros seleccionados se comprometen a participar en todas los Festejos que les
correspondan, salvo causa de fuerza mayor que lo impida y así lo justifique.
Su participación se realizará con la profesionalidad inherente a su actividad como novillero y del modo más adecuado, procurando que su forma física y técnica se encuentre en
los más altos niveles.
La participación en el festejo que al novillero seleccionado le corresponda tendrá prioridad por encima de cualquier otra posible contratación profesional en algún festejo taurino fuera del Circuito.
Los novilleros seleccionados se comprometen a no tomar la alternativa antes de la final.
Los novilleros seleccionados deberán comportarse con torería durante todo el tiempo que permanezcan en el ámbito del Circuito y velarán por la buena imagen del Circuito, cuidando de que las declaraciones, imágenes y publicaciones que realicen, no deterioren la imagen del mismo.
V.1.b. Lidia.
El novillero seleccionado deberá observar y hacer observar a su cuadrilla la máxima
disposición durante todos los tercios de la lida, de acuerdo con los estándares marcados por
la normativa en vigor y por la tradición.
V.1.c. Promoción del Circuito y de los Festejos en los que intervenga.
Los novilleros seleccionados deberán contribuir a la potenciación de la imagen del Circuito en todas sus manifestaciones públicas y deberán cooperar en todas las actuaciones de
promoción del Circuito que la Organización de manera razonable establezca, tales como
eventos de presentación, entrevistas, reportajes, redes sociales o cualquier otra actividad diseñada para promocionar la imagen del Circuito.
Asimismo, los novilleros seleccionados deberán cooperar en las actividades de promoción de cada festejo que les corresponda lidiar, como por ejemplo eventos de presentación de carteles, entrevistas, reportajes, actividades con niños y otros colectivos en la localidad del festejo, etc.
V.1.d. Medios de comunicación y redes sociales.
Los novilleros seleccionados tendrán que atender en todo momento, y siempre que sea
razonable la petición, a todos los medios de comunicación.
Todos los novilleros seleccionados tendrán la obligación de acudir a los días oficiales
abiertos a todos los medios de comunicación que organice la Organización, con un máximo de tres.
Los novilleros seleccionados participarán de forma activa en la difusión del Circuito a
través de sus perfiles de redes sociales y demás mecanismos que la organización consideren oportunos, debiendo en todo caso respetar la obligatoriedad de compartir y difundir los
mensajes que razonablemente se determinen desde la Organización como importantes para
el Circuito.

BOCM-20240429-53

V.1. Novilleros