D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20240429-53)
Convenio –  Convenio de 11 de abril de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior y la fundación del toro de lidia para la puesta en marcha de la fiesta del toro de la Comunidad de Madrid 2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 101

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE ABRIL DE 2024

Pág. 185

— Escuela de Colmenar Viejo: Julián Garibay.
— Escuela CITAR CART (Anchuelo): Mario Ariza.
— Escuela de la Comunidad de Madrid José Cubero “Yiyo”: Jarocho y Juan Herrero.
— Escuela Taurina de Valdemorillo: Luis Pasero.
Además, participarán por designación del CAT:
— Cid de María.
Los novilleros serán los encargados de elegir libremente a sus cuadrillas, debiéndose
comprometer a que todos los miembros de las mismas cumplan con lo previsto en este Reglamento.
Con la finalidad de poder calcular adecuadamente los eventuales derechos de imagen
involucrados en la posible retransmisión de los festejos, los novilleros deberán comunicar
a la FTL la composición de sus cuadrillas y agrupación sindical a la que pertenecen, así
como cualquier cambio que se produjera durante el transcurso del Circuito.
IV.2. Plazas
De acuerdo con el proceso de selección mediante concurso seguido, las plazas en las
que se celebrará las distintas fases del Circuito son:
— Fase clasificatoria:
• Brea del Tajo.
• Estremera.
• San Agustín del Guadalix.
• Torres de la Alameda.
— Semifinales:
• Talamanca del Jarama.
• Valdilecha.
• San Martín de Valdeiglesias.
— Final a tres:
• Algete
— Final a dos:
• Valdetorres de Jarama.
En el supuesto de que cualquiera de estas plazas no pudiera celebrar el festejo por cualquier motivo, la Organización, buscarán otra plaza en su sustitución.

Los Empresarios responsables de la organización de cada uno de los festejos, de acuerdo con el proceso de selección mediante concurso público, son los siguientes:
— Brea de Tajo: José María López López.
— Estremera: José María López López.
— San Agustín del Guadalix: Infinitauro, S. L.
— Torres de la Alameda: José María López López.
— Talamanca del Jarama: Valladar Toros, S. L.
— Valdilecha: Ofetauro Sur, S. L.
— San Martín de Valdeiglesias: Espectáculos Marisma, S. L.
— Algete: Valladar Toros, S. L.
— Valdetorres de Jarama: Espectáculos Marisma, S. L.
El empresario responsable de la celebración del festejo en cada plaza será quien deberá
alcanzar los correspondientes acuerdos con el titular de la plaza y, en su caso, con el municipio, para dar cumplimiento a la normativa de aplicación y a lo previsto en este Reglamento.
La cesión de la plaza al empresario para la celebración de los festejos del Circuito deberá ser gratuita. En el caso de que no lo fuera, el coste sería asumido por el empresario, no
pudiendo computarse dicho coste en los ingresos y gastos generales establecidos en este
Reglamento para la organización de un festejo.
La Organización no será responsable de cualquier incumplimiento del municipio, del
titular de la plaza o del empresario, debiendo éste mantener indemne a la Organización de
cualquier reclamación que se le efectúe.

BOCM-20240429-53

IV.3. Empresarios