Alcalá de Henares (BOCM-20240425-64)
Organización y funcionamiento. Reglamento Orgánico Municipal
69 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 98

JUEVES 25 DE ABRIL DE 2024

Pág. 209

intersección con la calle Alejo Carpentier, calle Alejo Carpentier hasta la intersección con la
avenida de Miguel de Unamuno, avenida de Miguel de Unamuno hasta la intersección con
la avenida de los Jesuitas, avenida de los Jesuitas dirección hacia la calle Padre Llanos,
calle Padre Llanos hasta la vía del tren.
Junta número 5:





Norte: avenida de Miguel de Unamuno, desde la cuesta de Teatinos hasta la rotonda del
Presidente Lázaro Cárdenas, avenida de Meco hasta la rotonda de la Brigada Paracaidista,
calle Severo Ochoa hasta, carretera N-II, carretera N-II hasta la finca “El Encín”.
Sur: calle Caz, río Henares hasta la calle Camino de los Afligidos y calle Camino de los
Afligidos hasta la finca “El Encín”.
Este: zona de la finca “El Encín”, desde la carretera N-II hasta la calle Camino de los
Afligidos.
Oeste: calle Caz, plaza de la Juventud, paseo de la Alameda, calle Marqués de Alonso
Martínez, calle Caballería Española, calle Alfonso de Zamora, vías del tren desde la calle
Alfonso de Zamora hasta la cuesta de Teatinos, cuesta de Teatinos hasta la intersección
con la avenida de Miguel de Unamuno.

Artículo 116.- Alteración.
El número, denominación y límites de las referidas Juntas Municipales de Distrito podrán ser
alterados mediante la modificación del presente Reglamento Orgánico en los términos y
formalidades previstos en él.
Artículo 117.- Juntas Municipales de Distrito.
1. Las Juntas Municipales de Distrito son órganos de gestión desconcentrada, a los que
corresponde el gobierno y administración del Distrito, sin perjuicio del mantenimiento de la unidad
de gestión y gobierno municipal.
2. Los órganos centrales del Ayuntamiento de Alcalá de Henares garantizarán el equilibrio
territorial entre los Distritos en que se divide el municipio y entre las zonas que los integran.

TÍTULO V
ÓRGANOS MUNICIPALES COMPLEMENTARIOS

Capítulo I
Comisiones de Pleno

Sección 1ª.-Disposiciones generales
Artículo 118.- Comisiones Informativas y de Control.
1.- A los efectos de la preparación y dictamen de los asuntos competencia del Pleno antes de su
deliberación estos deberán de ser dictaminados por las Comisiones Informativas y de Control de la
labor de Gobierno que con carácter permanente se determinen por el propio Pleno.
2.- A dichos efectos deberán existir Comisiones de carácter permanente.
3.- Las Comisiones mantendrán la proporcionalidad del Pleno.

Existirán tantas Comisiones permanentes, como áreas de gobierno sean determinadas por el
Pleno y la Alcaldía.
Artículo 120.- Composición.
1.- La composición de las Comisiones del Pleno será determinada por el propio Pleno debiendo
estar representados en todas ellas todos los grupos políticos mediante un sistema de voto

BOCM-20240425-64

Artículo 119.- Número.