D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20240425-59)
Convenio –  Convenio de 8 de abril de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y Plena Inclusión Madrid, en materia de igualdad y no discriminación de las personas LGTBI con discapacidad intelectual o del desarrollo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 98

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE ABRIL DE 2024

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— Ofrecer información a los centros y servicios dependientes de la entidad sobre los
recursos públicos dirigidos a personas LGTBI, y particularmente del Programa
Madrileño de Información y Atención LGTBI, ofreciendo el material divulgativo
del mismo que, en su caso, le sea proporcionado por la Dirección General de
Igualdad, que se adaptarán, en su caso, a lectura fácil, en el marco del “Convenio
suscrito por Plena Inclusión Madrid y la Consejería de Presidencia, Justicia y
Administración Local para promover la adaptación de documentos y normativa de
la Comunidad de Madrid al método de lectura fácil, materiales de uso formativo
en lectura fácil orientados a personas con discapacidad intelectual”.
— Facilitar la documentación acreditativa de las jornadas formativas, informativas y
de sensibilización realizadas, haciendo constar fecha de la formación y, en su
caso, el número de horas que permita a la Dirección General de Igualdad expedir la documentación individualizada acreditativa de la formación ofrecida a los
profesionales.
— Ofrecer información a la Consejería en relación las acciones implementadas.
Cuarta
Recursos aportados y organización
La Consejería pondrá a disposición de Plena Inclusión Madrid el contenido y material
formativo, así como el material divulgativo del Programa Madrileño de Información y
Atención LGTBI, y del resto de recursos públicos dirigidos a personas LGTBI, así como
material de las campañas de sensibilización que se realicen desde la Consejería.
Igualmente, la Consejería pondrá a disposición de Plena Inclusión Madrid las acreditaciones individualizadas de la formación realizada a los profesionales.
Plena Inclusión Madrid pondrá a disposición los locales y material necesarios para realizar las acciones formativas, informativas y de sensibilización.
Plena Inclusión Madrid pondrá a disposición de la Consejería las acreditaciones de las
acciones realizadas, haciendo constar fecha y número de personas asistentes.
Quinta
Financiación
La ejecución del presente convenio representa la puesta en común de los intereses
comunes de las partes, y no generará obligaciones económicas para ninguna de ellas.
Sexta
A partir de la firma del presente convenio se constituirá una Comisión Mixta de Seguimiento con representantes designados por ambas partes en régimen de paridad entre las
mismas.
Formarán parte de la Comisión:
— Por parte de la Consejería: tres personas designadas por quien ostente la titularidad de la Dirección General de Igualdad.
— Por parte de Plena Inclusión Madrid: tres personas designadas por la Dirección
General de la entidad.
Si por cualquier circunstancia cambiara el número de representantes siempre se respetará el régimen de paridad entre las partes firmantes.
Serán funciones de la Comisión:
— La planificación, seguimiento, evaluación y control de las acciones derivadas del
presente convenio y de los compromisos adquiridos por las partes, así como resolver cuantas dudas y discrepancias surjan respecto a la interpretación y aplicación
del convenio.
— Consensuar el contenido, temario y material informativo, de sensibilización y formación que, en todo caso, deberá contar con la autorización expresa de la Consejería. En su caso, se procederá a la actualización y revisión de estos contenidos.
— Consensuar el calendario de las acciones formativas, informativas y de sensibilización y, en su caso, determinar las personas y grupos destinatarios de estas
acciones.

BOCM-20240425-59

Seguimiento, vigilancia y control