Pozuelo del Rey (BOCM-20240424-74)
Organización y funcionamiento. Ordenanza tenencia y protección animales
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 97

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE ABRIL DE 2024

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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POZUELO DEL REY
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Finalizado el trámite de información pública de los acuerdos provisionales adoptados
para el establecimiento y modificación de tributos, sin que se haya presentado reclamación
alguna, se entienden aprobados, de conformidad con el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
El texto resultante es el siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA TENENCIA
Y PROTECCIÓN DE LOS ANIMALES DE COMPAÑÍA
PREÁMBULO

TÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.—1. La presente Ordenanza tiene por
objeto fijar las normas para la protección y tenencia de los animales de compañía, los potencialmente peligrosos y para los utilizados con fines lucrativos, deportivos y de recreo, en
el término municipal de Pozuelo del Rey, haciéndola compatible con la salud pública y la

BOCM-20240424-74

De acuerdo con la Declaración Universal de los Derechos de los Animales, aprobada
por la Unesco el 27 de octubre de 1978, y ratificada posteriormente por las Naciones Unidas, los animales son seres vivos sensibles que tienen unos derechos que la especie humana tiene que respetar.
El Ayuntamiento de Pozuelo del Rey tiene el deber de proteger a los animales, de
acuerdo con las normas y principios constitucionales vigentes, sin perjuicio también de velar por la seguridad de las personas y de sus bienes.
El Ayuntamiento, es consciente de que se ha producido en nuestro municipio un incremento notable del número de animales de compañía y de la necesidad de mejorar las relaciones entre las personas y los animales de compañía, pues, aunque por un lado su tenencia
tiene un enorme valor para un número cada vez más elevado de ciudadanos, por otro, la estrecha convivencia con los mismos puede entrañar riesgos higiénico-sanitarios, medioambientales y de seguridad para nuestra comunidad.
Todo ello, unido a la creciente sensibilidad social en torno al respeto, la protección y
la defensa de los seres vivos que integran el mundo animal, en general, y de los animales
que más cerca conviven con el hombre. Los propietarios de animales de compañía han de
tener en cuenta que los animales dependen absolutamente de ellos y que deben responsabilizarse de todas las atenciones que requieren, así como de asegurar que su presencia o sus
hábitos no van a ocasionar molestias para el resto de la comunidad, sobre todo en lo relacionado con la higiene y la seguridad del municipio, teniendo en cuenta los derechos de las
personas a las que no les agrada la presencia de animales.
Todo el mundo tiene el derecho a disfrutar de los animales y el deber de protegerlos
de acuerdo con los mencionados principios y normas constitucionales. Todo lo anteriormente expuesto hace necesario elaborar una nueva ordenanza para adaptarla no solo a la
nueva normativa reguladora, sino también, a las necesidades reales de nuestro municipio en
la que los animales domésticos en especial los perros y los gatos juegan un papel preponderante, “Pozuelo del Rey Amigo de los Animales”.
Se pretende, pues, en esta Ordenanza adaptar la normativa actual y lograr una convivencia lo más pacifica posible evitando los riesgos para la salud pública, sin olvidar la importante labor social que cumplen estos animales, (compañía, ayuda, seguridad e incluso terapéutica).