D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20240424-48)
Convenio –  Convenio de 11 de abril de 2024, entre la Comunidad de Madrid y la Asociación de Productores y Teatros de Madrid (APTEM), para el posicionamiento turístico de la Comunidad de Madrid como destino mundial del musical en español
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 97

I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
48

CONVENIO de 11 de abril de 2024, entre la Comunidad de Madrid y la Asociación de Productores y Teatros de Madrid (APTEM), para el posicionamiento turístico de la Comunidad de Madrid como destino mundial del musical en español.
En Madrid, a 11 de abril de 2024
REUNIDOS

De una parte, Don Mariano De Paco Serrano, en su calidad de Consejero de Cultura,
Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid (en adelante la Comunidad de Madrid), en
virtud del nombramiento que establece el Decreto 47/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 150, de 26/6/23) y en virtud de lo dispuesto en el Decreto 264/2023, de 5 de diciembre,
del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 291,
de 7/12/23) por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte así como en la normativa competencial que justifica su intervención en
concreto el artículo 3 del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el
que se regula la actividad convencional en la Comunidad de Madrid.
De otra parte, D. Jesús Cimarro Olábarri, actuando en representación de la Asociación
de Productores y Teatros de Madrid (en adelante APTEM), con CIF G-85522977 y domicilio en la Calle Juan Bravo, número 20–1.o Izquierda (Entreplanta) de Madrid, en su condición de Presidente, en virtud de su nombramiento en la Asamblea General Ordinaria y
Extraordinaria de fecha 19 de diciembre de 2022, y que ostenta la representación conforme
al Artículo 26 de los Estatutos de la Asociación para firmar convenios.
Actúan cada uno de ellos en la representación que ostentan reconociéndose mutuamente capacidad para obligarse mediante el presente Convenio y a tal efecto

I. Que de conformidad con lo previsto en el artículo 26.1.1.21 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por Ley Orgánica 3/1983 de 25 de febrero,
corresponde a ésta la competencia exclusiva en materia de promoción y ordenación del turismo en su ámbito territorial.
La Ley 1/1999, de 12 de marzo, de Ordenación del Turismo de la Comunidad de
Madrid, en su Título III, Capítulo II, se refiere a la promoción de turismo como el conjunto
de actividades y medios a través de los cuales la Consejería competente en materia de turismo favorece la demanda de servicios turísticos en la Comunidad de Madrid y apoya la comercialización de los productos turísticos regionales en el ámbito nacional e internacional.
Entre las competencias que tiene atribuida la Dirección General de Turismo y Hostelería mediante el Decreto 264/2023 de 5 de diciembre del Consejo de Gobierno, están, entre otras, las de coordinación, fomento y planificación del sector y de la actividad turística
y la sostenibilidad; la elaboración de estrategias y planes que faciliten la creación y promoción de productos de alto valor añadido para el turismo, con capacidad desestacionalizadora, así como la promoción del sector turístico madrileño a nivel nacional e internacional.
II. Que la Estrategia de Turismo de la Comunidad de Madrid 2023-2026 fija entre
otros objetivos la diversificación y mejora de la propuesta de valor del destino, y el incremento del gasto y la estancia media en la región, estableciendo para ello, entre otras líneas
de trabajo el desarrollo de un conjunto de actuaciones de promoción y comercialización turística para la mejora de los productos turísticos culturales de la Comunidad de Madrid en
el mercado turístico que contribuyan en gran medida a una mayor estancia media y a la desestacionalización de la demanda.

BOCM-20240424-48

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