Alcalá de Henares (BOCM-20240423-50)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 96

BOCM-20240423-50

De igual manera, serán objeto de valoración los cursos impartidos por los aspirantes así como otras titulaciones oficiales.
— Experiencia en interlocución y colaboración con otros Cuerpos de Policía y Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, a fin de garantizar que, en el desempeño
del puesto de Jefe del Cuerpo en el municipio de Alcalá de Henares, exista una colaboración y comunicación fluida con dichos cuerpos.
— Experiencia en la gestión de eventos y períodos festivos. Se valorará la experiencia
en la gestión de eventos y festividades con un elevado volumen de asistentes, en
atención a la organización de los mismos en el municipio de Alcalá de Henares.
La valoración objetiva de todos estos aspectos, anteriormente enumerados, servirá
como base para la elección de la persona con aquellas competencias más idóneas
para el desempeño del puesto.
8. Nombramiento.—Finalizado el proceso se procederá a dictar resolución en el plazo de un mes que podrá consistir en:
— Nombrar al aspirante que, reuniendo los requisitos exigidos, haya sido propuesto.
— Declarar desierta la convocatoria, cuando así lo haya propuesto el órgano competente para efectuar el nombramiento, por no reunir ningún candidato la aptitud
profesional que se estime necesaria.
9. Toma de posesión.—El plazo para la toma de posesión será de tres días hábiles si
no implica cambio de residencia del funcionario o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.
Cuando el funcionario solicitante no ostentara la condición de personal funcionario de carrera del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, de acuerdo con lo establecido en el art. 84.3 del
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido
de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, quedará respecto de su Administración de
origen en la situación administrativa de servicio en otras Administraciones Públicas.
10. Cese.—El funcionario adjudicatario podrá ser libremente cesado en cualquier
momento. En tal caso, el Ayuntamiento de Alcalá de Henares, en el plazo máximo de un
mes a contar desde el día siguiente al del cese, podrá acordar la adscripción del funcionario a otro puesto de la misma Administración o le comunicará que no va a hacer efectiva dicha adscripción. En todo caso, durante este período se entenderá que continúa a todos los
efectos en servicio activo en dicha Administración.
Transcurrido el plazo citado sin que se hubiera acordado su adscripción a otro puesto,
o recibida la comunicación de que la misma no va a hacerse efectiva, el funcionario deberá solicitar en el plazo máximo de un mes el reingreso al servicio activo en su Administración de origen, la cual deberá asignarle un puesto de trabajo conforme a los sistemas de carrera y provisión de puestos vigentes en dicha Administración, con efectos económicos y
administrativos desde la fecha en que se hubiera solicitado el reingreso.
11. Recursos.—La convocatoria y sus criterios, así como cuantos actos administrativos se deriven de aquella, podrán ser impugnados en el plazo y forma establecidos en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En Alcalá de Henares, a 19 de abril de 2024.—La concejal-delegada de Recursos Humanos, Seguridad Ciudadana y Comercio, Orlena María de Miguel Muñoz.
(03/6.128/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791