C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20240423-25)
Mutación demanial –  Orden de 3 de abril de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se dispone la mutación demanial, sin transferencia de titularidad, a favor del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, de 13.596 m2 de la parcela con referencia catastral 7803205VK6880S0001RU del complejo “Finca Dehesa del Batán”, situada en la avenida Reyes Católicos, números 49-51, de ese municipio, para la implantación de un aparcamiento de superficie
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 96

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE ABRIL DE 2024

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marcal de los Agentes Forestales y Retén de Incendios, en línea quebrada de dos tramos rectos de 34 m y 84,8 m y con la parcela catastral 7803211VK6870S0001IE, suelo destinado
a Zona Verde y parque urbano denominado Arboreto Mediterráneo Dehesa del Baztán, en
línea de un tramo recto de 89,9 m y un tramo curvo de 8,8 m de desarrollo y 6,6 m de radio. Al sur con la parcela catastral 7803211VK6870S0001IE, suelo destinado a Zona Verde y parque urbano denominado Arboreto Mediterráneo Dehesa del Baztán, en línea de un
tramo recto de 70,5 m. Y al oeste con la subparcela, perteneciente a la misma finca catastral, que son terrenos del antiguo vivero del Arboreto Mediterráneo donde el Canal de Isabel II proyecta ejecutar las obras de la planta de tratamiento de alivios de la EDAR de Alcalá Este, en línea quebrada de 6 tramos, tres rectos de 61,6 m, 10,3 m, 105,1 m, uno curvo
de 12,3 m de desarrollo y 15,6 m de radio, uno recto de 43,63 m además de un tramo curvo de 5,3 m de desarrollo y 6,1 m de radio.
2. Se adjunta descripción física y gráfica con sus coordenadas georreferenciadas y
plano como anexo II, a los efectos de identificar la parcela que se afecta con esta mutación
demanial a aparcamiento público municipal.
Segunda
Finalidad
1. El terreno objeto de mutación demanial subjetiva sin transferencia de titularidad
sólo podrá ser utilizado por el Ayuntamiento de Alcalá de Henares para destinarlo a la implantación de un aparcamiento de superficie. La implantación de ese uso, en todo caso, deberá
atender la legalidad urbanística y arqueológica existente al ubicarse en esta zona el parque arqueológico de la ciudad romana de Complutum, de manera que con carácter previo a su implantación deberán solicitarse los informes y autorizaciones pertinentes conforme a normativa, y el uso deberá llevarse a cabo conforme a los requisitos que se establezcan.
El cambio de destino requiere previa autorización de la Comunidad de Madrid.
2. La utilización de esa parte del terreno por parte de esa Corporación Local no supondrá en ningún caso una alteración en la titularidad del inmueble que seguirá siendo propiedad de la Comunidad de Madrid, manteniendo ésta las facultades dominicales sobre esa
parcela.
3. Corresponderá a la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, a la que
continuará adscrita la parcela objeto de la presente mutación subjetiva, el velar por el cumplimiento de esa finalidad y ejercer la tutela de la presente mutación demanial subjetiva sin
transferencia de titularidad.
Tercera
Entrada en vigor y duración de la mutación demanial subjetiva
sin transferencia de titularidad
1. La mutación demanial subjetiva sin transferencia de titularidad entrará en vigor el
día en que se dicte la presente Orden.
2. La mutación demanial subjetiva sin transferencia de titularidad se concede por un
plazo indefinido y con carácter finalista, mientras sea destinado el inmueble a la finalidad
que justifica la concesión de su uso, de manera que el incumplimiento de la finalidad para
la cual se otorgó la mutación dará lugar a su extinción.
Cuarta
Régimen económico

Quinta
Gastos y tributos
1. El Ayuntamiento de Alcalá de Henares deberá hacerse cargo de todos los gastos
por los consumos y servicios asociados a la gestión del aparcamiento.
2. Asimismo, serán a su cargo los impuestos, tasas, contribuciones, arbitrios y otros
tributos que graven la propiedad o el uso del objeto afectado durante la vigencia de la mutación. Expresamente asumirá el Impuesto sobre Bienes Inmuebles y la Tasa por Prestación

BOCM-20240423-25

La presente mutación demanial subjetiva sin transferencia de titularidad no comporta
ningún tipo de contraprestación económica a favor de la Comunidad de Madrid por parte
del Ayuntamiento de Alcalá de Henares.