Pozuelo de Alarcón (BOCM-20240422-57)
Organización y funcionammiento. Delegación funciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 22 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 95

BOCM-20240422-57

11. Ejercer las funciones en materia de inspección urbanística, la adopción de cualesquiera actos administrativos en materia de protección de la legalidad urbanística, así
como las competencias sancionadoras por infracciones urbanísticas hasta 600.000 euros.
12. Calificaciones urbanísticas previstas en la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
13. Seguimiento y supervisión de todas las obras relativas a los proyectos de urbanización de los desarrollos urbanísticos, hasta la recepción final de la urbanización.
14. Ejercitar las competencias municipales en materia de vivienda y rehabilitación y
proponer la aprobación de los programas de vivienda y rehabilitación.
15. Gestionar un sistema de información geográfica que sirva como soporte de la actividad urbanística del Ayuntamiento y de los interesados que lo precisen.
16. Tramitación y asignación de la numeración de las fincas y edificios previa conformidad de Estadística.
Segundo.—De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 114 del Real Decreto 2568/1986,
de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, las precedentes delegaciones se entenderán aceptadas tácitamente si en el término de tres días hábiles contados desde la notificación del acuerdo, el miembro u órgano destinatario de la delegación no hace manifestación
expresa ante el órgano delegante de que no acepta la delegación.
Tercero. En el caso de que se cambie la denominación de la Dirección General de Medio Ambiente, Vivienda y Desarrollo de la Ciudad las competencias delegadas en el presente Decreto se asumirán, por el Director General a quien se atribuyan los asuntos de urbanismo y vivienda hasta tanto se modifique el Decreto de delegación de competencias.
Cuarto. Entrada en vigor. Las delegaciones establecidas en este Decreto surtirán efecto desde el día de su firma, debiendo notificarse al interesado, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID”.
Lo que se comunica para conocimiento general y efectos oportunos.
En Pozuelo de Alarcón a 11 de abril de 2024.—El titular del Órgano de Apoyo a la
JGL, Antonio Iglesias Moreno.
(03/5.579/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791