Alcalá de Henares (BOCM-20240422-34)
Organización y funcionamiento. Encomienda gestión
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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LUNES 22 DE ABRIL DE 2024

B.O.C.M. Núm. 95

Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento,
la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa
de resolución y se entenderá resuelta la encomienda de gestión. La resolución de
la encomienda por esta causa podrá conllevar la indemnización de los perjuicios
causados si así se hubiera previsto.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad de la encomienda.
e) Si se produjesen circunstancias que hicieran imposible o innecesaria la realización
de las actuaciones encomendadas.
Undécima. Protección de datos y seguridad de la información
Las partes se comprometen a mantener la confidencialidad de todos los datos e informaciones facilitados por la otra parte y que sean concernientes a la ejecución del objeto de la presente encomienda de gestión, debiendo las partes mantener dicha información en reserva y
secreto y no revelarla de ninguna forma, total o parcialmente, a ninguna persona física o jurídica que no sea parte del mismo, salvo en los casos y mediante la forma legalmente previstos.
Duodécima. Publicidad
La presente encomienda será puesta a disposición de los ciudadanos en el Portal de la
Transparencia, en aplicación de los dispuesto en el artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013, de 9 de
diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, y el artículo 23.3 de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y Participación de la Comunidad de Madrid, y demás normativa de desarrollo de la misma.
Decimotercera. Vinculación entre las partes

BOCM-20240422-34

El presente convenio de encomienda de gestión no generará ningún tipo de vinculación contractual ni laboral entre las partes firmantes y las personas físicas que desempeñen
las actividades propias del mismo.
Y, en prueba de conformidad con cuanto antecede, en el ejercicio de las facultades que legalmente corresponden a cada uno de los firmantes, y obligando a las Administraciones Públicas que cada cual representan, se suscribe el presente convenio de encomienda de gestión en el
lugar arriba indicado Alcalá de Henares y en la fecha del último firmante abajo indicada.
Alcalá de Henares, a 11 de abril de 2024.—El secretario-titular del Órgano de Apoyo
a la Junta de Gobierno Local, P. D., el director del Área de Contratación, Patrimonio y
Seguros, César Ruiz Nodar.
(03/5.540/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791